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El Gobierno, a través del Ministerio del Trabajo y la ministra Jeannette Jara, presentó una iniciativa legal para modificar la Ley 16.744 que regula el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. La propuesta busca crear un sistema autónomo de calificación de enfermedades profesionales y fortalecer la fiscalización. Se plantea separar las funciones de calificación del origen de las enfermedades, fortalecer la regulación sobre mutualidades y otorgar nuevas facultades a la Superintendencia de Seguridad Social. Además, se proponen mejoras para el Instituto de Seguridad Laboral, actualizaciones en pensiones de sobrevivencia y se establece un régimen transitorio de monocotización para trabajadores independientes. (Fuente: Ministerio del Trabajo)

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El Gobierno -a través del Ministerio del Trabajo y la ministra del área, Jeannette Jara- detalló la iniciativa legal que busca modificar la Ley 16.744, que regula el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

La iniciativa ya fue ingresada al Congreso para su tramitación inicial en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara Baja.

Se explicó que “busca crear un sistema autónomo de calificación de las enfermedades profesionales, creando un nuevo sistema técnico que separe las labores que hoy se encuentran radicadas en los organismos administradores del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (mutualidades de empleadores, que son la ACHS, IST y la Mutual de Seguridad, y el ente público Instituto de Seguridad Laboral, ISL) y las empresas con administración delegada”.

La ministra Jara complementó que la iniciativa permitiría “en primer lugar, crear comisiones autónomas de calificaciones de enfermedades profesionales”.

En segundo lugar, “fortalecer las labores de fiscalización” que realiza la Superintendencia de Seguridad Social.

“Y, en tercer lugar, poder introducir la posibilidad de monocotizar. Es decir, para que aquellas personas que hoy están en la informalidad, adscribirse a uno de los sistemas que, en este caso, es el de salud laboral y que tiene buenos beneficios y una buena cobertura”, sostuvo.

El proyecto de ley, argumentó el Ejecutivo, “está en línea con la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y su actualización, que advierte la necesidad de adoptar medidas necesarias que han sido de preocupación de la ciudadanía”.

La ministra Jara afirmó estar confiada en que este tema avance en el Congreso, “porque lleva mucho tiempo sobre la palestra”.

Ejes del proyecto

-Perfeccionamiento del sistema de calificación del origen de las enfermedades: las mutualidades de empleadores y el ISL los que actualmente califican el origen laboral o común de las enfermedades y, al mismo tiempo, los que entregan las prestaciones y coberturas del Seguro si corresponde.

En ese sentido, la principal propuesta del proyecto es separar dichas funciones. Eso, a través de la creación de un nuevo sistema de calificación del origen de las enfermedades profesionales, radicado en la Comisión de Calificación de Enfermedades Profesionales (Comcal), que será de carácter autónomo, técnico y que se encontrará supervisado, fiscalizado y regulado por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).

-Fortalecimiento de la regulación sobre mutualidades y nuevas facultades para la Suseso:Se proponen nuevas definiciones de fiscalización y supervisión para la Suseso, las que tienen como objetivo aportar en mayor credibilidad y sostenibilidad ciudadana al sistema, dando a este organismo supervisor atribuciones y funciones en materias como, por ejemplo, coordinar y velar por el adecuado funcionamiento administrativo del nuevo sistema de calificación del origen de enfermedades, así como su fiscalización.

-Mejoras al Instituto de Seguridad Laboral (ISL): Se establece en el proyecto que el Instituto de Seguridad Laboral podrá contratar servicios con terceros para mejorar la gestión de prestaciones médicas y preventivas, asegurando igualdad de condiciones con las mutualidades. Se otorgan facultades para ajustar la cotización adicional diferenciada, incentivando el cumplimiento de normativas de seguridad laboral por parte de empleadores.

-Actualización de las pensiones de sobrevivencia: Se modernizan las disposiciones sobre pensiones de sobrevivencia, ampliando el acceso a diversos beneficiarios (cónyuge, conviviente civil, padre de hijos no matrimoniales). Se eliminan restricciones de edad y de estado civil para el acceso a estas prestaciones.

-Monocotización para independientes: Se facilita la incorporación de trabajadores independientes al Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, mediante un régimen transitorio de monocotización, que se aplicará por un máximo de cuatro años. Este régimen busca fomentar la formalización de trabajadores independientes.

*Fuente: Ministerio del Trabajo.