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La Sala de la Cámara aprobó un proyecto que modifica la Ley 21.674, con el objetivo de prohibir el pago de remuneraciones a los directivos de las isapres hasta que se haya certificado el pago total de las cantidades percibidas en exceso. El proyecto recibió 88 votos a favor, 18 en contra y 14 abstenciones, pasando al Senado para su segundo trámite legislativo. La medida surge de la crisis en las isapres provocada por fallos de la Corte Suprema sobre la tabla de factores, buscando evitar reparticiones de dividendos a través de remuneraciones a directores. Los diputados destacaron la importancia de la iniciativa para evitar prácticas que podrían vulnerar la ley.

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La Sala de la Cámara aprobó un proyecto, originado en moción, que modifica la Ley 21.674.

Su finalidad, se explicó, “es prohibir el pago de remuneraciones a los directivos de isapres, mientras no se haya certificado el pago total de las cantidades percibidas en exceso por estas”.

Hace unos días el texto recibió 88 votos a favor, 18 en contra y 14 abstenciones, en general y en particular.

Con ello pasó al Senado, a su segundo trámite legislativo.

Cabe recordar que la tramitación de la Ley 21.674 es consecuencia de la crisis que atraviesan las isapres, provocada por los fallos de la Corte Suprema, que establecieron una nueva jurisprudencia respecto a la denominada tabla de factores que usan dichas instituciones para determinar el precio final de los contratos previsionales de salud.

El proyecto busca evitar que, “encubiertamente”, se realicen reparticiones de dividendos o distribuciones de utilidades a través del pago de remuneraciones a los directores de las isapres, mientras exista la deuda mencionada.

Además, define que, lo no percibido durante este período, no se entenderá como acumulable para un pago retroactivo futuro, una vez extinguida la deuda.

Directivos de isapres sin utilidades

En sus fundamentos, la iniciativa recuerda que la Ley 21.674 buscaba -entre otros objetivos- viabilizar el cumplimiento de los fallos del año 2022 emanados por la Corte Suprema.

Para ello, otorgó un marco legislativo para la ejecución de las sentencias sobre la tabla de factores, para que las isapres restituyan los cobros en exceso a los afiliados.

Igualmente, se menciona que se establecieron distintas reglas y mecanismos para asegurar el pago efectivo.

Entre las alternativas estuvo la prohibición de la repartición de dividendos o distribución de utilidades para directivos de isapres, en el caso de no haber pagado la totalidad de la deuda de las cantidades percibidas en exceso.

Sin embargo, se alerta que la medida puede vulnerarse “ya que, encubiertamente, se pueden realizar pagos de remuneraciones a los directores”.

Los diputados valoraron esta iniciativa. Destacaron que va “en el sentido correcto”, al impedir que los directivos de isapres puedan retirar utilidades a través de las remuneraciones.

Según se alertó, es un “subterfugio que no fue cubierto durante la tramitación de la ley corta”.