El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) comunicó este viernes que realizó fiscalizaciones y que detectó que en tres malls -Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio y Mall Vivo Coquimbo- condicionan a los clientes el acceso a los baños.
Aclaró que ese tipo de centros comerciales, con patios de comidas, no pueden cobrar por utilizar los sanitarios, tampoco pedir una boleta que acredite una compra.
“Todos los lugares donde se expenden alimentos para consumo en el mismo establecimiento, deben contar con servicios higiénicos gratuitos para uso del público, incluidos los malls”, remarcó.
Sernac denunciará a mall por cobrar por usar baños
El Sernac afirmó que presentará tres denuncias ante los respectivos Juzgados de Policía Local, contra Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio y Mall Vivo Coquimbo, centros comerciales que, a pesar de tener la obligación de disponer de baños gratuitos para sus clientes por tener restaurantes o locales de comida, “condicionaban el acceso con prácticas muy restrictivas”.
Entre las infracciones constatadas se encontraron situaciones como, por ejemplo:
-Limitar el acceso por un tiempo determinado desde que pagó el consumo
-Exigir un monto mínimo de boleta, e incluso
-Restringir el ingreso de un número determinado de personas por boleta o veces por persona que se accede al baño.
Hallazgos por centro comercial
-Espacio M: Se constató que este centro comercial limitaba a un máximo de 1 hora emitida la boleta para el acceso al baño. Esto, supone que una persona que consumió luego de haber pagado, por ejemplo en un local de comida rápida, tenga máximo de 1 hora para ir al baño, limitando su derecho a acceso gratuito al baño.
Por otra parte, en este mall existieron reclamos de consumidores que hablaban de retención de boletas para acceder al baño, sin embargo, no se pudo corroborar si esto sucedió por un tiempo determinado como política de la empresa o fue disposición individual arbitraria de quienes atendían los baños.
-Vivo Imperio: Este centro comercial, según relatan consumidores, restringe el acceso a un tipo de compra en los restaurantes y locales de comida que existen en sus dependencias.
Así por ejemplo, uno de los reclamos apunta a que al adquirir líquidos en una reconocida heladería, se le negó el acceso al baño por considerarse un “líquido” y no un “alimento sólido”.
-Vivo Coquimbo: Este caso es el que concentra la mayor cantidad de reclamos por parte de consumidores. Acá se pudo constatar que se exigía un consumo mínimo y sólo se asociaban límites de acceso, por ejemplo, una boleta de $20.000 sólo daba derecho al acceso a 5 personas máximo.
*Fuente: Sernac.
Andrés Herrera, director nacional del Sernac, comentó que el tema del acceso a los baños a consumidores “debe contar con los mecanismos más eficientes posibles para quienes, siendo clientes de los centros comerciales que cuenten con lugares para consumir alimentos dentro del mismo, puedan disponer de manera gratuita, oportuna y expedita en momentos que requieran acceder a los baños”.
La autoridad enfatizó que lo anterior “supone además que se entienda que una persona pueda acceder las veces que requiera ir al baño y a su vez quienes lo acompañan, sin restricciones que puedan plantear algún tipo de menoscabo a la dignidad de las personas que confían comprando en estos centros”.
La normativa vigente establece que los lugares donde se expenden alimentos para su consumo en el mismo establecimiento, deben contar con servicios higiénicos gratuitos para uso del público.
“Estos deberán contar con papel tissue en cantidades necesarias para la utilización de las y los clientes, dispositivos de jabón líquido para el lavado de manos, entre otras cosas”, sostuvo el Sernac.
Finalmente, destacó, la gran mayoría de los centros comerciales y malls en Chile “no ponen ningún tipo de restricción en el acceso a los baños, mejorando así la experiencia de compra de sus clientes”.