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Knop Laboratorios gana disputa por la marca "Paltomiel" en Perú, luego de que Indecopi reconoció su protección en el país vecino tras una demanda presentada por la empresa chilena para impugnar el registro de la marca "Paltomel". A pesar de que inicialmente se rechazó, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual de Indecopi declaró nula la resolución argumentando que existen pruebas de la notoriedad de la marca desde al menos 2004. Knop Laboratorios explicó que el reconocimiento de notoriedad brinda mayor protección contra el uso no autorizado por terceros, especialmente en casos de confusión, dilución o aprovechamiento injusto del prestigio de la marca.

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Tras una disputa por el registro de una conocida marca de Knop Laboratorios, es que la farmacéutica chilena comunicó que el organismo de propiedad intelectual Indecopi de Perú reconoció la protección de “Paltomiel” en aquél país.

Esto luego de que la empresa nacional presentara una demanda contra el registro de la marca “Paltomel” en el país vecino al considerar que se podría confundir con el jarabe de fabricación nacional.

Según recordaron desde Knop, se “solicitó técnicamente, en junio de 2020, el reconocimiento de la marca PALTOMIEL para los productos de la clase 05 (farmacéuticos) de la Clasificación Internacional”.

“En primera instancia administrativa, la Comisión de Signos Distintivos de INDECOPI de Perú, declaró fundada la oposición, pero rechazó la notoriedad porque no se había demostrado el grado de conocimiento de la marca pretendida”, añadieron.

Knop Laboratorios gana disputa por marca Paltomiel en Perú

Sin embargo, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual de la institución peruano declaró nula la resolución.

En su argumentación, señaló que las pruebas acreditan “la notoriedad de la marca” Paltomiel respecto a jarabes, afirmando que al menos desde el 2004 existe conocimiento y uso de la misma en un gran sector de consumidores.

Desde Knop Laboratorios explicaron que el reconocimiento de notoriedad de las marcas ofrece más protección sobre el posible uso no autorizado de las mismas por terceros; tanto en el propio sector del producto como en otros.

Aquello “siempre que se cumpla alguno de los riesgos estipulados en la Decisión 486 de la Comunidad Andina: riesgo de confusión, riesgo de dilución o aprovechamiento injusto del prestigio de la marca en cuestión”.

En marzo de este año se confirmó el fallecimiento de quien fue gerente general de Knop, Germán Knop Valdéz, quien a su vez era hijo del fundador de la empresa, Reinaldo Knop Niederhoff.

Desde la empresa farmacéutica destacaron su labor médica, recibiendo varias distinciones y fundando empresas en la región de Valparaíso, como Centromed y Clínica Reñaca.