“Requisitos: 2 años de experiencia previa“: es parte de los enunciados de varias ofertas laborales que están dirigidas a jóvenes o profesionales recién egresados de la universidad y que, por ende, no cuentan -necesariamente- con el nivel de experiencia laboral solicitada.
Con este contexto es que en el congreso se discute un proyecto de ley que busca promover la contratación de personas entre 18 y 28 años sin experiencia previa relevante; iniciativa que ya fue aprobada en general por la Sala de la Cámara Baja con 77 votos a favor, 35 en contra y 17 abstenciones.
De esta forma, el proyecto vuelve a la Comisión de Trabajo para que se presenten indicaciones.
Proyecto de ley busca fomentar la contratación de jóvenes sin experiencia previa
Según la web de la Cámara, se entiende por experiencia laboral previa relevante “la que se ha obtenido en empleos formales anteriores, incluido el contrato de aprendiz“.
“También las habilidades y competencias que se encuentren debidamente acreditadas en procesos de certificación de competencias laborales, o los conocimientos técnicos o profesionales sobre los cuales se ha efectuado una práctica profesional”, añaden.
Ahora bien, la iniciativa de ley propone que las empresas con más de 100 trabajadores “den preferencia en sus procesos de selección” a jóvenes entre 18 y 28 años sin experiencia previa relevante.
Esto “en aquellos puestos de trabajo donde la naturaleza de las labores y el funcionamiento de la empresa o establecimiento así lo permita. Asimismo, plantea que es deseable que las empresas alcancen en dichos procesos, en forma paritaria, al menos el 10% de sus trabajadores y trabajadoras”, señalan desde la Cámara de Diputadas y Diputados.
Respecto a otros deberes que establece la normativa está el que las empresas informen semestralmente el número de trabajadores sin experiencia previa que estén dispuestos a contratar, junto con el porcentaje que representan sobre el total de contrataos y los planes de desarrollo o capacitación que se implementarán.
Finalmente, también se deberá dar cuenta trimestralmente a las oficinas públicas o privadas de intermediación laboral de las respectivas comunas, sobre las vacantes o posibilidades de contratación sin experiencia anterior.