Dentro de todas las innovaciones que incorpora la Ley 40 Horas es el derecho a adecuar la jornada laboral con bandas horarias especiales para los padres o madres de niños menores de 12 años, con tal de adelantar o retrasar el ingreso al trabajo.
Con esto, se busca avanzar en una mejor conciliación de la vida laboral y familiar, dejando la posibilidad de adecuar los ingresos con los horarios escolares.
A modo de ejemplo, si en el contrato se estipula un ingreso a las 09:00 y salida a las 17:00, se podrá adelantar el ingreso a las 08:00 y, por ende, retirarse a las 16:00 horas; o en otro caso, puede retrasar la entrada a las 10:00 y salir a las 18:00 horas.
Conciliando la vida laboral y familiar
Esta medida se complementa con otras modificaciones como la posibilidad de compensar las horas extraordinarias con hasta cinco días de vacaciones, o la restricción respecto al uso del artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo, respecto a la regulación de la exención de jornada.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, recalcó que “esta es una de las innovaciones más importantes que se aprobaron en la Ley, porque contempla mecanismos que promueven la corresponsabilidad de los cuidados, permitiendo bandas de ingreso y salidas diferidas como un derecho que le asiste a los padres, madres o personas que tengan niños y niñas a su cuidado”.
Para hacer uso de este derecho, se debe presentar ante el empleador un certificado de nacimiento o una sentencia donde se otorgue el cuidado de un niño menor de 12 años.
Según afirman desde el Ministerio del Trabajo: “El empleador no podrá negarse, salvo que el funcionamiento de la empresa sea en un horario que no permita anticipar o postergar la jornada de trabajo”.
Esto corresponde, por ejemplo, los servicios de urgencia en salud, trabajos por turnos, entre otros. Para el caso de que ambos padres trabajos, cualquiera de los dos podrá hacer uso de la banda diferida, a elección de la madre.