La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) detectó que Arturo Claro Montes, ejecutivo y propietario de MBI Corredores de Bolsa, transó acciones de la Compañía Sud Americana de Vapores en un período en que tenía prohibición de hacerlo.
Claro Montes es hijo de Arturo Claro Fernández, quien fuera director de la compañía perteneciente al Grupo Luksic (falleció en enero de 2022).
Por ese lazo, estaba sujeto a la prohibición de realizar transacciones, ya que podía tener acceso a información privilegiada.
No obstante, realizó operaciones de igual modo y previo a que Vapores publicara sus estados financieros para los períodos 30 de junio y 30 de septiembre, ambos de 2021.
La CMF sostuvo que Claro Montes realizó transacciones con el título Vapores a través de MBI Corredores de Bolsa S.A., de la cual es propietario en un 50%, por las sumas de $15.077.888.701.- (publicación de estados financieros de junio) y $50.873.853.914.- (publicación de estados financieros de septiembre), en cada período de bloqueo, infringiendo la prohibición antes descrita.
Por ello, el Consejo de la CMF le aplicó una multa de UF 800 (casi $30 millones) “por infringir la prohibición de realizar transacciones sobre valores de un emisor dentro de los 30 días previos a la divulgación de sus estados financieros”.
La Ley de Mercado de Valores tiene estipulado que los directores, gerentes, administradores y ejecutivos principales de un emisor de valores de oferta pública, así como sus cónyuges, convivientes y parientes hasta el segundo grado de consanguineidad o afinidad, no pueden efectuar, directa o indirectamente, transacciones sobre los valores emitidos, dentro de los 30 días previos a la divulgación de sus estados financieros.
Claro Montes impugnará resolución de la CMF
El abogado Fernando Rabat, en representación de Arturo Claro Montes, sostuvo que buscarán impugnar la determinación sancionatoria de la CMF.
Explicó que en el Consejo de la Comisión hubo un voto disidente que argumentó que se trató de operaciones de simultáneas cortas en las que “financias a un tercero, pero los títulos o acciones se venden de inmediato”.
“Es decir, y tal como lo precisa el voto disidente, solo hay financiamiento, no títulos accionarios”, indicó.
El abogado señaló que lo anterior significa “que lo importante es la tasa de interés del financiamiento y no la fluctuación en el precio de la acción, porque ya fue vendida y no tienes ningún derecho sobre ella”.
Rabat profundizó que “las simultáneas cortas han sido reconocidas como proyecto de Circular Reglamentaria por la Bolsa y presentada a la CMF”, por lo que afirmó que ahí radicó una diferencia en la interpretación técnica.
“Vamos a estudiar la resolución para impugnarla, en línea con lo que establece el voto disidente de la resolución de la misma CMF, que incluso considera que debiese levantarse el cargo por no haberse incurrido en la infracción imputada: aquí solo hay financiamiento, no títulos accionarios”, remarcó el abogado.