Conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad, el dictamen de la DT establece el proceso de cálculo que regirá desde el año 2024. Eso, "en base a un promedio de trabajadores contratados por cada empresa".

La Dirección del Trabajo (DT) informó que emitió un dictamen relacionado con la inclusión laboral de personas con discapacidad.

En ese dictamen se señala el mecanismo por el cual se deberá informar el cumplimiento del año 2023 y las obligaciones y forma de comunicación para el año 2024 y siguientes.

Además, “fija el alcance de las modificaciones incorporadas al reglamento sobre inclusión laboral de personas con discapacidad, incorporadas por el Decreto Supremo N°36, de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social”, sostuvo la DT.

Inclusión laboral

El dictamen emitido por la DT orienta sobre el cumplimiento de la obligación de contratación de personas con discapacidad y asignatarias de una pensión de invalidez en forma directa o a través de una medida subsidiaria; el registro de contratos de trabajo de personas con discapacidad y el procedimiento de comunicación electrónica anual, entre otros temas.

Para informar el cumplimiento de las obligaciones del año 2023, la Dirección del Trabajo habilitará por única vez una plataforma que estará disponible durante el mes de enero de 2024, en MiDT.

Ahí, las empresas podrán informar la cantidad de trabajadores contratados y las medidas subsidiarias de cumplimiento ejecutadas en el año 2023.

Luego, conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad, el dictamen establece el proceso de cálculo que regirá desde el año 2024.

Eso último, “en base a un promedio de trabajadores/as contratados/as por cada empresa, lo que se deberá ser informado en enero de cada año junto con la obligación de contratación, la razón fundada, si la hubiera, y la medida subsidiaria, en caso de no poder generar el vínculo laboral con personas en situación de discapacidad”.