La votación de la resolución contó con los votos a favor de tres de los cinco consejeros de la CMF. Ahora, Matías Videla podrá acceder al reclamo de ilegalidad, el cual deberá ser presentado a la Corte de Apelaciones de Santiago.
“Niego enfáticamente el haber usado información privilegiada. Me parece una resolución injusta e infundada y estoy revisando el tema con mis abogados para ejercer los recursos que correspondan”.
Estas fueron las declaraciones del entonces gerente general de Cencosud, Matías Videla, luego de que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) lo multara con algo más de $540 millones por la compra de acciones con uso de información privilegiada.
Sería varios días después que el ejecutivo renunciaría como CEO de la compañía, siendo Heike Paulmann quien ocuparía el puesto de manera interina, decisión que fue rechazada por la misma CMF, alegando que la ley no permite que un presidente de directorio (como el puesto que ostentaba Heike en Cencosud al momento de la decisión) pueda, a su vez, ser gerente general de una empresa.
Ex Ceo de Cencosud y su recurso ante la CMF
Finalmente, Videla había presentado un recurso de reposición frente a la Comisión, con el fin de evitar la multa impuesta.
Y el jueves, el Consejo de la CMF decidió, por tres votos a dos, “rechazar en todas sus partes la Reposición interpuesta en contra de la Resolución Exenta N°7222 de fecha 29 de septiembre de 2023, manteniendo la sanción de multa de 15.000.- Unidades de Fomento al señor Matías Germán Videla Solá”.
La decisión tuvo el visto bueno de la presidenta de la entidad, Solange Berstein Jáuregui, la vicepresidenta del Consejo, Bernardita Piedrabuena Keymer, y el comisionado Beltrán de Ramón Acevedo, recientemente incorporado.
De lo contenido en las 35 páginas de la resolución, por ejemplo, el Consejo afirma que las explicaciones de Videla “no logran desvirtuar que, en esa época, en su calidad de gerente general e insider por antonomasia de Cencosud, estaba en una posición de ventaja respecto al resto de los actores del Mercado -esto es, en posesión de información privilegiada- por cuanto conocía las negociaciones reservadas que estaba llevando a cabo Cencosud en Río de Janeiro”.
Además, desde la institución destacaron la falta de habitualidad del ex ejecutivo para este tipo de operaciones, el financiamiento que tuvo que buscar para realizarla, además de la premura con la cual actuó, lo cual fue detallado en unas capturas de WhatsApp, entre otros aspectos.
Por tanto, la CMF estimó que “debe concluirse que la compra reprochada estuvo especialmente motivada por la información privilegiada que funda esta instancia administrativa y que, por tanto, la utilizó en su propio beneficio“.
Los votos disidentes
Ahora bien, hubo dos votos disidentes de los comisionados Augusto Iglesias Palau y Catherine Tornel León (quien llegó en octubre a la CMF junto a Acevedo).
Ambos concluyeron que Videla “estuvo en posesión de información privilegiada el 13 de mayo de 2022, al momento de adquirir 613.026 acciones Cencosud, por un monto total de $799.998.502, relativa al hecho reservado de Cencosud de fecha 3 de febrero de 2022, que versaba sobre las negociaciones que estaba llevando a cabo su filial de Brasil para adquirir a Torre propietaria de parte de la cadena de supermercados “Supermarket” de Río de Janeiro y que a la fecha se encontraban aún pendientes”.
Sin embargo, la decisión de compra de aquellas acciones, según la conclusión de ambos comisionados, “no podría encontrar como fundamento, la información privilegiada que motiva esta instancia administrativa”.
Al mismo tiempo, Palau y Catherine estimaron que las motivaciones para la compra de los papeles pudieron ser distintas a la “potencial operación de adquisición” de Torre, dado que en aquella época Cencosud adquirió las cadenas Giga de Sao Paulo y Fresh Market en Estados Unidos, “operaciones ya conocidas por el mercado”.
Finalmente, coinciden en el hecho de que, debido a que la compra de las acciones fue por vía directa, sin intermediarios, y su posterior información, “es también una circunstancia a ponderar al momento de decidir si existió o no la intención de aprovecharse de la información privilegiada”.
Además, Tornel consideró que el hecho de que Videla permaneció como CEO hasta un año después del hecho, hace que no sea posible vincular, “en este caso en particular, la información privilegiada como motivo de la operación”.
Según detalló la CMF en el documento con el fallo, el ex ejecutivo de Cencosud podrá acceder al reclamo de ilegalidad, lo que deberá ser interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago dentro de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución.