Se trata de 61 entidades cuya paralización causaría "grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional". Los detalles fueron publicados en el Diario Oficial.

El Ministerio de Economía publicó en el Diario Oficial las 61 empresas que fueron calificadas como “estratégicas” por el Gobierno del presidente Gabriel Boric (el listado se puede revisar al final de esta nota).

Se trata de empresas en las cuales sus trabajadores no tendrán derecho a huelga por atender “servicios de utilidad pública”.

De acuerdo al artículo 362 del Código del Trabajo, una paralización de esas entidades causaría “daño a la salud, a la economía, al abastecimiento o a la seguridad nacional”.

Según lo detallado en la publicación en el Diario Oficial, al calificar una entidad en esta categoría, se dispone que “no podrán declarar la huelga los trabajadores que presten servicios (…) cualquiera sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional, caso en el cual los trabajadores están sometidos a un procedimiento alternativo reglado en la ley, como es el arbitraje forzoso”.

La prohibición tiene carácter temporal y constituye la obligación de “no hacer”.

Eso último, equivale a una “privación del ejercicio del derecho, aunque temporal (bienal), y se establecen mecanismos de resolución de conflictos que permiten a las partes -empleadora y trabajadora- llegar a acuerdos válidos dentro de la respectiva negociación”.

En esta oportunidad fueron 106 las empresas que emitieron la solicitud formal ante el Ejecutivo para conseguir la categorización.

En 2019, 72 compañías obtuvieron la calificación y en 2021, en tanto, fueron 76. Por ejemplo, ahora no figuran Enel Transmisión, Transelec Concesiones o Transquinta, entre otras, que salieron del listado.

Las 61 empresas incluidas en el listado de las estratégicas para el país -y que podrán apelar o presentar observaciones en un plazo máximo de 15 días a la disposición- son las siguientes:

Agua Décima S.A.
Aguas Andinas S.A.
Aguas Antofagasta S.A.
Aguas Araucanía S.A.
Aguas Cordillera S.A.
Aguas del Altiplano S.A.
Aguas del Valle S.A.
Aguas Manquehue S.A.
Aguas San Pedro S.A.
Banco Central de Chile
Celeo Redes Chile Limitada
Centro de Diálisis Villarrica Ltda.
Centro Médico de Diálisis Diaseal S.A.
Centro Renal SpA
Chilquinta Distribución S.A.
Compañía Eléctrica de Osorno S.A.
Compañía Eléctrica del Litoral S.A.
Compañía General de Electricidad S.A.
Cooperativa de Abastecimiento de Energía Eléctrica Curicó Ltda.
Cooperativa de Consumo de Energía Eléctrica Chillán Ltda.
Cooperativa Eléctrica Los Ángeles Ltda.
Cooperativa Regional Eléctrica Llanquihue Ltda.
Cooperativa Rural Eléctrica Río Bueno Limitada
Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional
Diálisis Colina S.A.
Diálisis Norte S.A.
Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A. (Essal S.A.)
Empresa Eléctrica de Aisén S.A.
Empresa Eléctrica de Magallanes S.A.
Empresa Eléctrica de Puente Alto S.A.
Empresas Gasco S.A.
Enel Colina S.A.
Enel Distribución Chile S.A.
Enel Green Power Chile S.A.
Engie Energía Chile S.A.
Essbio S.A.
Esval S.A.
Gas Sur S.A.
Gasmar SpA
GNL Quintero S.A.
Interaseo Chile S.A.
Luzlinares S.A.
Luzparral S.A.
Metrogas S.A.
Nephrocare Chile S.A.
Nuevo Sur S.A.
Sacyr Agua Chacabuco S.A.
Sacyr Agua Lampa S.A.
Sacyr Agua Norte S.A.
Sacyr Agua Santiago S.A.
Sacyr Agua Utilities S.A.
Sagesa S.A.
Servicios Médicos Horizonte S.A.
Sistema de Transmisión del Norte S.A.
Sociedad de Diálisis del Maule Limitada
Sociedad GNL Mejillones S.A.
Sociedad Nacional de Oleoductos S.A.
Transbordadora Austral Broom S.A.
Transelec S.A.
Transporte Marítimo Chiloé-Aysén S.A.
Transportes Puelche S.A