La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo y define la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas en las que trabajan. Esto, con el fin de mejorar la distribución de la riqueza en nuestro país y acortar la brecha de la desigualdad.
La iniciativa, presentada por Tucapel Jiménez (PPD), define las entidades que pasarán, obligatoriamente, a entregar una gratificación anual a sus empleados. Entre ellas, se incluyen los establecimientos mineros, industriales, comerciales o agrícolas. Asimismo, comprende a las empresas y cualquier actividad con fines de lucro.
“Chile es uno de los países con mayor desigualdad y nuestro deber es hacer esfuerzos para corregir la situación y que el esfuerzo del trabajador sea retribuido de manera justa”, señaló Jiménez.
En ese sentido, el parlamentario agrega que “el texto que aprobamos hoy es distinto al proyecto original, ya que se conformó una mesa técnica con muchos expertos, representantes de trabajadores, empresarios y el propio subsecretario de la cartera de Trabajo, Fernando Arab”.
La gratificación se ajustará a los siguientes porcentajes de las utilidades o excedentes:
– 8% para aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 2.400 UF e inferior a 25 mil UF.
– 10% para aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 25 mil UF e inferior a 100 mil UF.
– 15% para aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 100 mil UF.
La utilidad líquida a repartir se dividirá por partes iguales entre la totalidad de los trabajadores con derecho a ella. El máximo por trabajador equivaldrá a la suma de veinte ingresos mínimos mensuales. No aplicará esta obligación para las empresas con menos de dos años de operaciones, registradas en el SII.
“Por primera vez en casi 100 años, se diferencia las pymes a tipos de empresas al momento de repartir utilidades”, cerró el diputado Jiménez.
Luego de ser aprobado en la Cámara de Diputados, el proyecto pasará a su segundo trámite en el Senado.