Este miércoles los diputadas y diputados aprobaron el proyecto de ley que busca aumentar la capacidad crediticia del Fogape para que así las empresas puedan paliar la crisis por el Covid-19.
El ministro de Hacienda Ignacio Briones explicó en conversación con La Radio, cuáles son los requisitos para poder acceder a este beneficio, cuál es y desde cuando se podrá hacer efectivo aproximadamente.
Una de las modificaciones que se le hizo en la Cámara de diputados fue la de asegurar el 45% de los fondos para las empresas más pequeñas, pero ¿Cómo se puede asegurar eso?
“Las garantías se van entregando a medida que los bancos la van solicitando y usted la va entregando como si tuviera varios bolsillo entonces usted entrega, si tienes 100 de garantía para entregar en un minuto, usted dice ‘voy a dejar una cajita a parte porque 45 de estas tienen que ir a las empresas que venden menos de 100 mil UF’”, explicó Briones.
Complementó que “Es un tema operativo, técnicamente es muy fácil de aplicar y de hecho en la propia ley del Fogape, antes de que la modificáramos ahora, están ese tipo de restricciones entonces no es algo nuevo. Que las Pymes tengan la tranquilidad porque los fondos para ellos van a estar”.
También especificó que las sanciones penales para las empresas que hagan un mal uso de los fondos está con anterioridad en la ley.
Condiciones para acceder al beneficio
“Las condiciones necesarias es que sean empresas, es decir que tengan inicio de actividades y que estén constituido como empresa y no necesariamente ser una persona jurídica. Usted puede ser una empresa de persona natural”, comentó.
Además, también contó los criterios de elegibilidad para poder optar por el beneficio, que será entregado en pesos y con una tasa nominal máxima de un 3,5%.
“También que la empresa no esté en un proceso de quiebra, y lo otro es que no tenga mora respecto al sistema bancario”, añadió.
La mora a la que hace alusión el ministro, en el caso de que la empresa venda menos de 25 mil UF al año, se tomará como fecha el 30 de octubre de 2019, “porque quisimos dejar fuera el periodo malo que las pymes enfrentaron luego de los eventos del 18 de octubre”.
En tanto, si la empresa vende más de 25 mil UF al año ese periodo se fija al 30 de marzo del 2020.
Briones especificó que estas deudas deben ser de la empresa, por lo que si hay algún socio en Dicom por alguna otra razón, no es una condición que excluya a la empresa del beneficio.
Para finalizar, el ministro de Hacienda remarcó que “Los emprendedores y Pymes deben preguntarse ¿Alguna vez en el pasado tuvieron la posibilidad de acceder a una tasa nominal de 3,5%, que en términos reales hoy día es cercana a 0? ¿Con un periodo de gracia de 6 meses? Y que después, el crédito que pidió ¿Lo puede devolver entre 24 y 48 cuotas?”.
“Segundo, que conjuntamente con ese crédito a usted le posterguen cualquier amortización de capital respecto a créditos preexistentes. La pregunta que tienen que hacerse es ¿Alguna vez algún emprendedor accedió a esas condiciones? La respuesta es nunca”, sentenció.
Es importante destacar que si alguna empresa no tiene relación con ningún banco esta puede acceder al beneficio a través del Banco Estado para solicitar su crédito.
Por ahora, faltan trámites administrativos para que el proyecto se publique en el diario oficial, pero el ministro pide paciencia. “Entiendo y comparto la necesidad pero les pido un poco de paciencia, a fines de la próxima semana debería estar listo”, cree.