La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección interpuesto por dos personas, quienes solicitaron retirar el 50% de sus ahorros previsionales y así tratar una enfermedad catastrófica.
Se trató de un fallo unánime de la Sexta Sala de la mencionada instancia, la que descartó que existiera un actuar arbitrario de las AFP Habitat y Modelo al no permitir que los fondos fueran retirados.
Por su parte, los recurrentes se tratan de una mujer y su hijo, los que presentaron la acción con el objetivo de cubrir la enfermedad del último, correspondiente al Síndrome Mielodisplásico Hipoplásico.
En la resolución se indica que el monto de las cuentas de los afiliados “tiene como único fin financiar la respectiva pensión del titular”, por lo que, pese a que cada quien es dueño de sus fondos, éstos nos pueden ser retirados “en razón de que es una propiedad que ha nacido supeditada a una finalidad específica, cual es la de generar pensiones”.
“El afiliado puede sólo ocupar dichos fondos para ese objeto y no puede darle un destino distinto”, añade el fallo, enfatizando en que Modelo y Habitat sólo se apegaron a lo que determina la ley.