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Uno de los temas que más dudas trajo respecto a las 40 Horas, fue la modalidad en que se haría la rebaja en el horario laboral. Específicamente, si se debía reducir una hora de un día de la semana o se podría recortar minutos a lo largo de la semana.

Desde el Gobierno fueron enfáticos y reiteraron en varias ocasiones que el recorte debe ser de una hora, en un día de la semana.

Sin embargo, hoy se conoce un precedente que podría volver a poner en discusión tal afirmación.

Reducción por minutos de la jornada por 40 Horas

El Mercurio recogió en su edición de este miércoles que la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó un recurso de nulidad por parte de la Dirección del Trabajo (DT). Por medio de ella, buscaba anular una sentencia relacionada con la fórmula de reducción horaria de minutos en vez de horas.

Previamente, el Juzgado de Letras del Trabajo de la mencionada ciudad, validó el planteamiento de Maicao que redujo la jornada laboral de un grupo de trabajadores en diez minutos diarios, en el contexto del primer recorte horario de 45 a 44 horas.

La DT decidió multar a la empresa por este acto, mientras que la compañía afirmó posterior a la infracción de que decidió hacer la rebaja en una hora de un solo día.

Sin embargo, ahora la Corte ratificó lo expresado por el juzgado, señalando que “estando vigente la instrucción del empleador” salió el dictamen de la Dirección de Trabajo respecto a la reducción horaria “sin que pueda sancionarse al empleador que, en ausencia de norma interpretativa y en uso de sus facultades, entendió la ley en un determinado sentido hasta el 1 de junio”, recoge El Mercurio del pronunciamiento del tribunal.

Los expertos señalados por el citado medio destacaron que este hecho “hecha por tierra las pretensiones de la DT de elevar sus dictámenes al rango de ley”, dijo Francisco Cárcamo de Lathrop Mujica Herrera & Diez Abogados. Además, Rubén Soto de AEM Abogados agregó que “este caso refuerza la necesidad de que la autoridad administrativa se ajuste estrictamente al marco legal”.

Y Gabriel Halpern de PwC expresó que con ello, se ha hecho prevalecer “claramente lo que se conoce como ‘el imperio de la ley"”.

Gremio del comercio valora decisión

Por su parte, la Cámara Nacional de Comercio (CNC) valoró al fallo y su presidente, José Pakomio, dijo que la norma fue “ampliamente debatida y consensuada en su tramitación”, junto con que cualquier intento de reinterpretarla mediante dictámenes administrativos u otras legislaciones “genera incertidumbre jurídica y afecta la confianza en nuestras instituciones”.

En esta línea, reiteró que “las empresas necesitan certezas y no autoridades que cambien las reglas cuando no les gusta el resultado”, cita Emol.