La notificación de 50 transferencias bancarias al mes, por parte de distintos destinatarios, ha sido uno de los elementos que más interés y discusión ha levantado la nueva Ley de Cumplimiento Tributario (o Antievasión).
En este contexto, la no inclusión de los emisores prepago no bancarios, como lo son Tenpo, Mercado Pago o Copec Pay, en la obligación de remitir esta información al Servicio de Impuestos Internos (SII), despertó críticas tanto de parlamentarios como expertos.
Y aunque desde el Gobierno ya señalaron que por medio de la Ley Corta Antievasión la situación iba a ser “revertida”; ahora, un grupo de diputados de oposición presentará una indicación por la cual esperan agregar expresamente este tipo de emisores a la normativa.
Presentarán indicaciones por tarjetas prepago no bancarias
Según señaló el diputado Miguel Mellado (RN), desde su sector están preparando una indicación donde se incluiría a las tarjetas de emisores no bancarios.
“Nosotros creemos que hay un vacío que quedó en la tramitación (…) Aquí lo que está fallando es que hay cuentas de débito o tarjetas de débito que no son de bancos. Por lo tanto, ellos no están al amparo de esta legislación e Impuestos Internos, por mucho que haga intentos, no va a poder aplicar esta norma a esas tarjetas”, sostuvo Mellado, integrante de la comisión de Hacienda de la Cámara Baja.
Al respecto, el parlamentario apuntó al ministro de Hacienda, Mario Marcel, comentando que “estamos preparando una indicación; se la vamos a presentar para que lo patrocine usted y, en el proyecto misceláneo que quedó de presentar, coloquemos esta indicación para mejorar la recaudación”.
Sobre este último punto, Mellado fue crítico al señalar lo sucedido con el impuesto al lujo “que ha sido pésima la recaudación o la repatriación de capitales”, cuyo alcance ha sido mucho menor a lo esperado por el Gobierno.
Lo que dice Hacienda sobre las 50 transferencias
En una primera instancia, la Ley de Cumplimiento Tributario no incluía -expresamente- al grupo de tarjetas conocidas técnicamente como “Emisores de Tarjetas de Pago con Provisión de Fondos no Bancarias”.
Es decir, aquellas instituciones financieras que ofrecen tarjetas y cuentas, pero no son estrictamente un banco (como las mencionadas Tenpo, Mercado Pago y Copec Pay).
Ahora bien, el Gobierno ingresó una “ley corta” Antievasión donde se corrigieron algunos puntos de la normativa. Según señalaron desde Hacienda, la no inclusión de las prepago no bancarias fue compensada con la obligación de exigir inicio de actividades a todos los medios de pago electrónicos.
Lo anterior se traduce en que, en caso de que alguien utilice este tipo de productos como una cuenta para recibir dineros por una venta de bien o servicio, la operadora de la cuenta tiene dos opciones: exigir inicio de actividades o reportar la totalidad de las operaciones.