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Multan a 5 bancos, 2 aseguradoras y una cooperativa por dar créditos a deudores de pensión alimenticia

09 mayo 2024 | 14:48

El Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) determinó aplicar multas contra cinco bancos, dos compañías de seguros y una cooperativa de ahorro y crédito por un total de UF 2.077 ($77.484.562).

¿La razón?: Otorgaron créditos a personas que figuraban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA), sin cumplir con la Ley N°14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.

Los bancos sancionados fueron: Santander-Chile (UF 756,06), Ripley (UF 138,54), BancoEstado (UF 239,50), Itaú (UF 636,16) y Banco de Chile (UF 111,48).

Sobre las compañías de seguro Confuturo y Bice Vida, en tanto, se aplicaron sanciones de UF 54,20 y UF 33,98, respectivamente.

Y la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oriente Limitada tendrá que pagar UF 106,72.

La CMF recordó que la Ley N°14.908 establece que las instituciones financieras deberán consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos al momento de otorgar un crédito.

En caso que el solicitante figure como deudor de pensiones de alimentos, las entidades deben retener hasta el 50% del crédito otorgado para el pago de las pensiones adeudadas.

Las instituciones financieras sancionadas, culmino el regulador, “no cumplieron” con la obligación antes mencionada.