Este martes el presidente Gabriel Boric promulgó la denominada “Ley AntiNarco”, que en términos generales mejora la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regula el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalece las instituciones de rehabilitación y reinserción social.
La normativa permitirá cortar el financiamiento de quienes se dedican al tráfico y venta de sustancias ilícitas; y también establece la obligación a nuevos sujetos a reportar sobre sus actividades comerciales a la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
En la presentación de los detalles, la ministra del Interior, Carolina Tohá, precisó que además prontamente se promulgará otra ley que potenciará la “AntiNarco”; la cual permitirá hacerle seguimiento a la “ruta del dinero”.
Seguimiento a la “ruta del dinero”
La secretaria de Estado comunicó que la vigilancia a la “ruta del dinero” será posible con normativas para enfrentar el crimen organizado. Se trata de la “ley de inteligencia financiera” cuyos detalles, afirmó, se conocerán el jueves.
Pero entregó un adelanto.
La normativa vendrá de la mano con métodos sofisticados, en los cuales jugará un rol el Servicio de Impuestos Internos (SII), Aduanas y las policías.
Es decir, se contará con “unidades especializadas con herramientas más poderosas para buscar la plata, para ver cómo se mueve. Cuando haya movimientos sospechosos se levantará el secreto bancario para ver qué pasa con ese dinero, dónde va, de dónde viene; y agarrar a los delincuentes ahí donde más les duele, en la plata”, explicó Tohá.
Todo ello, irá en conjunto con los beneficios que otorga para la seguridad del país la “Ley AntiNarco”, ya que ésta amplió el catálogo de las empresas obligadas a reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero.
Esa modificación tiene por objeto “fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada, desde un aspecto económico, dado que permitirá identificar en nuevos rubros actividades destinadas a ocultar el origen ilícito de los bienes”, señaló el Gobierno en un reporte de prensa.
Lo esencial de esta modificación, es que la UAF sólo puede fiscalizar aquellas empresas que estén dentro del catálogo que fue modificado. Dentro de los rubros que se incorporan en esta norma están el arriendo de vehículos, fabricación y venta de armas; clubes de tiro, caza y pesca; empresas o personas dedicadas a la compraventa de equinos de raza pura, comerciantes de joyas y piedras preciosas.