El Servicio de Impuestos Internos (SII) comunicó este miércoles -poco antes del mediodía- sobre el reavalúo de los bienes raíces y las propiedades que tras el proceso quedaron exentas del pago de contribuciones.
Las tasas del impuesto aplicadas a los avalúos que entraron en vigencia el 1 de enero, definidas a través del Decreto Supremo 437, corresponden “a las más bajas de la historia”, aseguró el Servicio, debido a que el Ejecutivo redujo las tasas del Impuesto Territorial.
Para lo anterior, el SII habilitó un Portal de Reavalúo 2022 donde los contribuyentes pueden conocer el detalle del nuevo avalúo de su propiedad, si su bien raíz está afecto o exento del Impuesto Territorial, el valor de las contribuciones, si tiene el beneficio del alza gradual de las mismas y si el propietario cuenta con el beneficio de rebaja de contribuciones que favorece a los adultos mayores vulnerables económicamente.
Esa información se puede conocer directamente a continuación (dando clic a “mi reavalúo). Luego se debe abrir donde se señala “Carta de Reavalúo” para conocer el nuevo avalúo de la propiedad y si pagará o no contribuciones:
En paralelo, se despacharán por carta al domicilio y correo electrónico del propietario los boletines con las cuotas correspondientes al primer semestre.
Por obligación legal, el SII reavalúa cada 4 años los bienes raíces de todas las comunas del país para que la actualización del catastro refleje los aumentos (plusvalías) o disminuciones (minusvalías) que han experimentado las propiedades en el período, asociados a temas como la implementación de nuevos servicios (metro, áreas verdes, hospitales, entre otros) o, en el sentido inverso, a la instalación de basurales o sitios eriazos en el entorno de un área determinada.
Gobierno ajustó a la baja las tasas
El SII informó que entre los principales resultados de este proceso a nivel nacional destaca que el avalúo fiscal de los bienes raíces no agrícolas “aumentó en un 23,4%, pasando de un total de más de $327 billones a $404 billones”.
En el caso de los predios con destino habitacional, el incremento fue del 22,1%, pasando de más de $191 billones en diciembre de 2021, a $233 billones para este semestre.
“Para resguardar el impacto del proceso de reavalúo en los contribuyentes, la autoridad aplicó diversas medidas contempladas en la Ley y otras en uso de sus facultades. Las tasas del Impuesto Territorial, definidas por el Ejecutivo en el Decreto Supremo N° 437, se fijaron en 0,893% para los bienes raíces con destino habitacional en la parte de su avalúo afecto hasta $169.144.585, y en 1,042% sobre el avalúo que excede dicho valor.
Para las propiedades no habitacionales, como las destinadas a comercio, bodegas, estacionamientos o sitios no edificados, entre otras, la tasa quedó en 1,042% sobre el avalúo afecto.
“Estas tasas establecidas para este reavalúo corresponden a las más bajas de la historia”, remarcó el Servicio.
En tanto, el monto exento de contribuciones para los bienes raíces con destino habitacional subió de $38,7 millones a $47,4 millones, con lo cual, en la práctica, 4.231.966 propiedades no pagarán contribuciones.
Incremento gradual
Para aquellas propiedades que al primer semestre de aplicación del reavalúo resulten con aumentos de contribuciones mayores al 25% respecto de las anteriormente vigentes, se establece un mecanismo de incremento gradual que opera automáticamente.
“Los contribuyentes beneficiados tienen un incremento inicial máximo de 25% en la primera cuota. Este monto se continuará incrementando en un máximo de 10% semestral hasta llegar al tope de sus contribuciones”, explicó el SII.
La ley establece que este beneficio se aplica a los predios cuya cuota de contribuciones sea superior a $9.415 y “garantiza que ningún contribuyente que pasa de exento a afecto pague una cuota trimestral superior a este monto”.
Asimismo, los predios que pasen de exentos a afectos no pagarán más de $18.830 durante el primer semestre de entrada en vigencia del reavalúo.
“Esta cuota puede incrementarse hasta un 10% semestre a semestre, hasta alcanzar el monto total de la misma o hasta la aplicación del próximo reavalúo”, complementó el Servicio.
Siguientes pasos
El siguiente paso, de acuerdo a lo establecido en la ley, consiste en la exhibición de los Roles de Avalúo por parte de las respectivas comunas durante 30 días.
Cumplido ese periodo los propietarios, sus representantes legales y las municipalidades que no estén de acuerdo con el nuevo avalúo de su propiedad pueden presentar un recurso de reposición administrativa ante el SII, a través del sitio web del SII.
Otra opción es presentar un reclamo ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA) correspondientes a la jurisdicción territorial en la que se ubica el bien raíz, de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario.
Finalmente, precisó el SII, “cabe reiterar que lo recaudado por concepto de Impuesto Territorial se distribuye íntegramente entre las municipalidades, cuyos recursos son destinados al financiamiento de bienes y servicios que mejoran la calidad de vida en las comunas, permitiendo a los municipios realizar avances en áreas como programas sociales, alumbrado público, áreas verdes y zonas de recreación, entre otras”.