La Sociedad de Procesamiento de Molibdeno Limitada tendrá que indemnizar con $40.629.796 a un extrabajador, luego que se acreditara que la minera tuvo responsabilidad en el daño a la integridad psíquica que sufrió cuando era parte de su planilla.
Lo anterior, luego que el Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones acogiera una denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión de despido y una demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional.
En el fallo se detalló que la empresa “tuvo responsabilidad en el daño a la integridad psíquica del demandante” ya que ello sucedió en sus dependencias; y hubo “acoso laboral por parte del jefe directo”.
De acuerdo al fallo en primera instancia, el superior “realizaba en forma presencial o por vía escrita, consistentes en groserías, amenazas y despidos, así como cambiar la composición de su equipo de trabajo, dejándolo con una falta de personal que implicó que el actor ejecutara funciones que no le correspondían y que, además, desmotivaba a sus equipos, impidiéndole realizar sus funciones”.
El trabajador posteriormente fue despedido mediante una carta que no cumplía “las exigencias legales” y la justicia calificó ese despido como “vulneratorio de la integridad psíquica del trabajador”, argumentando que el ordenamiento jurídico exige al empleador “tanto un respeto por la dignidad de los trabajadores y, además, una proporcionalidad de las medidas adoptadas”.
Por una serie de razones, finalmente, el Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones determinó que la Sociedad de Procesamiento de Molibdeno tendrá que pagar dineros pendientes, prestaciones más indemnizaciones alusivas al daño psíquico por $40.629.796