El Servicio de Impuestos Internos (SII) dio inicio a un proceso de Consulta Pública para el proyecto de circular que imparte instrucciones sobre la tributación correspondiente al segundo retiro del 10% de los fondos previsionales.
El proyecto de circular aclara que el retiro de fondos deberá pagar impuestos cuando quien lo realice obtenga una renta imponible superior a 30 UTA ($1.530.000 mensuales aproximadamente) en el año del retiro, el cual se puede efectuar dentro de los 365 días siguientes a la publicación de esta Ley en el Diario Oficial.
Además, explica que para el cálculo de las 30 UTA se consideran todas las rentas brutas gravadas con el Impuesto Global Complementario (IGC) y se descuentan todas aquellas deducciones de la base del Impuesto Global Complementario que permite la legislación tributaria (como, por ejemplo, el beneficio por crédito hipotecario que se aplica en el proceso de Renta).
“Entre las rentas gravadas con el IGC se encuentran dividendos, retiros, honorarios, dietas, rentas de capitales mobiliarios, sueldos y pensiones, entre otras”, indicó el SII, las cuales deben incorporarse junto al monto correspondiente al retiro de sus fondos previsionales en su declaración anual de renta, en abril del año siguiente al que realice el retiro
Por otro lado, precisa que no se consideran rentas imponibles para el cálculo de las 30 UTA los ingresos no constitutivos de renta, es decir, ingresos como el Aporte Fiscal para la Clase Media y el Préstamo Solidario del Estado, otorgados durante 2020, los subsidios por licencia médica pagados por organismos de previsión, el primer retiro del 10% de los fondos previsionales y las indemnizaciones, entre otros ingresos no tributables.
Declaración y pago del impuesto
En caso de que el retiro se realice en dos cuotas y le corresponda el pago de impuestos por el retiro, deben considerarse las siguientes reglas:
-Si la primera y segunda cuota del retiro son pagadas en diciembre de 2020, el monto total deberá ser declarado en el proceso de renta de abril 2021.
-Si la primera cuota del retiro es pagada en diciembre de 2020, y la segunda cuota es pagada en enero de 2021, el primer monto deberá declararse en abril de 2021, mientras el segundo monto deberá ser declarado en abril de 2022.
-Las cuotas pagadas íntegramente durante 2021 deberán ser declaradas en abril de 2022.