El Servicio de Impuestos Internos (SII) decidió resolver las diferencias y determinó el lunes pasado que las criptomonedas están exentas de IVA.
En concreto, el director (s) de la entidad, Víctor Villalón, explicó que no se encuentran afectas a IVA “por recaer, en este caso, sobre bienes incorporales”.
De paso fijó condiciones y señaló que quienes comercializan este tipo de instrumentos deben emitir una factura exenta de impuestos para dejar registro de la transacción, para así poder realizar un seguimiento y “formalizar” las operaciones.
Y desde la industria de los activos virtuales se han mostrado satisfechos con la decisión. “Esto es un reconocimiento legal de una autoridad a la actividad que realizamos. Además, se demuestra la flexibilidad que la legislación tributaria tiene para adaptarse a nuevas realidades como la irrupción de las criptomonedas”, sostuvo Pablo Chávez, country manager Chile de buda.com, el mayor cripto-operador local.
Desafíos pendientes
Ciertamente, si bien la situación zanjó varias definiciones para el funcionamiento de este mercado, dejó otras sin la claridad suficiente.
“Nos gustaría que -dada la posibilidad de utilizar algunas criptomonedas como medios de pago- exista un tratamiento diferenciado para quienes utilizan las criptomonedas como medio de pago, de quienes las utilizan con fines especulativos o de inversión, como se hace en Alemania”, explicó a BioBioChile.
En concreto, la normativa de ese país europeo fija un plazo de un año como límite para distinguir entre las criptodivisas usadas para pago respecto a las que fueron adquiridas como inversión.
Asimismo, otro asunto que sigue a la deriva tras la determinación del SII apunta al hecho que si las ganancias generan tributación, habría que considerar si -en caso contrario- las pérdidas podrían deducirse de la renta, señalan desde la intermediadora buda.com.
Minería de criptomonedas
El otro flanco que queda abierto se vincula al trabajo de quienes concretan la producción de este tipo de cambio.
Los “mineros” no tienen forma de declarar la compra de criptomonedas, considerando que ellos no tendrán el registro de una transacción en la cual hayan comprado el activo digital. En concreto, sólo tendrán insumos que utilizaron para la producción de criptomonedas.
Ellos son los que mantienen la red andando. Y lo que ellos hacen es que ponen a disposición del sistema abierto su dinero, el cual tienen invertido en maquinas.
Por ejemplo, poseen un computador especializado en mantener criptomonedas, el que generalmente les genera un alto consumo de electricidad, por lo que en muchos casos este tipo de actor recibirá criptomonedas a cambio de esa función.
Ellos no lo compran, sino que son nuevas criptomonedas que se emiten en el sistema. Por lo tanto, ellos no tendrán una factura de compra.
En términos simples, la situación es similar a un minero de oro: Si una persona compra una pieza de oro y luego tiene mayor valor, se paga un impuesto por eso. Pero si ese activo fue obtenido gracias a una picota en una montaña con recursos propios, no se declara de la misma forma.