Los conflictos internos en el atletismo nacional siguen en pie. Lejos de cesar, las polémicas siguen sumando aristas en las que sostenerse, mas aún, tras conocerse que Ximena Restrepo y Marcelo Gajardo fueron absueltos, por parte del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo de las sanciones tras el escándalo en la prueba de 4×400 femenina de los Juegos Panamericanos Santiago 2023.
Y es que tras el castigo impuesto por la Comisión de Ética y Disciplina de la Federación Atlética de Chile contra Restrepo, vicepresidenta de World Athletics y madre de Martina Weil, el CNAD decidió acoger la respectiva apelación y posteriormente, declarar la nulidad para dejar “sin efecto las sanciones impuestas”.
Tal como era de esperarse, las y los atletas nacionales no quedaron nada de conformes con la sentencia y a través de su Comisión, lanzaron un comunicado para compartir su parecer al respecto.
“Este proceso aún no ha culminado. Los antecedentes, los expedientes y todas las declaraciones emitidas desde la formulación de la denuncia fueron enviados directamente al CNAD el mismo día 18 de enero, obrado directamente por la representante del Decreto 22 bajo la Federación Atlética de Chile una vez se dio a conocer la nulidad del proceso denunciado. ¿La diferencia? La investigación será reabierta pero esta vez a manos del CNAD, lo cual difiere del primer inicio donde la denuncia fue dirigida al directorio de la Federación Atlética de Chile al involucrarse un entrenador de su Unidad Técnica″, partió diciendo el escrito.
Una crítica al CNAD por absolver a Ximena Restrepo y Marcelo Gajardo
A su vez, desde la Comisión de Atletas de Chile consideran que “es humillante e inexplicable asimilar que frente a todo el escenario morboso que se ha generado y extendido bajo esta denuncia ampliamente viralizada y documentada, la CNAD nunca se ha dirigido a las atletas afectadas ni al tenor mismo de la denuncia adjuntada, desechando la inmensa cantidad de pruebas que involucran a los acusados y que fueron entregadas en reiteradas oportunidades″.
Condenando que desde el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo “no ha existido un leve detalle en el cual esta entidad, se haya comunicado o haya dado señales de interés”, el representativo de deportistas expusieron que las afectadas no fueron invitadas a la Gala Olímpica, lo cual, para ellos, ″deja a entrever un vicio expandido más allá de lo deportivo a causa del proceso emergido″.
Otro de los puntos claves en los que arremete la Comisión de Atletas es la inexistente sanción para Ximena Restrepo. “No se explica que la entidad cuestionada dictamine estar a favor de aportar en el proceso con las evidentes y constantes obstrucciones que han existido en el entremedio”.
En esa línea, se refirieron a Berdine Castillo y Poulette Cardoch, las dos atletas marginadas de la prueba 4×400 en Santiago 2023, asegurando que “contamos hoy en día con un respaldo escrito respecto a los Criterios de Selección para la Conformación de Relevos, emitido por la Unidad Técnica de la Federación Atlética de Chile: una Unidad Técnica que en un mero principio rechazó unánimemente las decisiones tomadas en la antesala de la prueba a disputarse y defendió férreamente la postura correctiva y contraria a la del entrenador denunciado″.
“Lo que en un momento fue acusado como una irregularidad o una ‘opinión infundada’, hoy en día es un criterio avalado″, dicen.
Por último, la Comisión de Atletas indica que “independiente de la resolución final que se tome, este antecedente no solo quedó registrado en la historia deportiva nacional, sino que posicionó la dignidad de los deportistas un eslabón más arriba, por el cual se seguirá luchando por prevalecer el respeto de los deportistas y sus procesos deportivos respectivos”.
“Si ello implica tener que reiniciar el proceso, que se haga en virtud de lo señalado. En el preludio de este caos se nos aseguró desde la Comisión de Deportistas del Comité Olímpico de Chile que ‘confiásemos en el sistema’: si bien es altamente cuestionable bajo lo evidenciado los últimos días, esperamos hacer valer sus palabras en esta segunda instancia”, finalizan.