Este lunes dos personas transexuales presentaron en la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de protección contra el Registro Civil debido a su negativa de cambiar el nombre y sexo legal, instancia legal que contó con el patrocinio del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh).
La abogada del Movilh, Melisa Manfredi, precisó que el pasado viernes el Registro Civil se negó a rectificar la partida de nacimiento de las personas trans Paula Dinamarca y Álex Martínez, lo que -según afirmó- atenta contra la Igualdad ante la ley, el respeto a la vida privada y a la honra, garantizado en el artículo 19 de la Constitución Política, así como también el principio de no discriminación de la Carta Fundamental.
Paula y Álex precisaron que desde temprana edad se sienten identificados con un nombre y sexo distinto al asignado al nacer, y que son públicamente reconocidos por su familia y amigos de acuerdo a su género, mientras que sus cuerpos han cambiado mediante varios procesos de hormonización.
“Legalmente en nuestra cédula aparece un nombre y sexo que no nos identifica, lo que afecta nuestra vida diaria frente a cualquier trámite que debamos hacer por derechos básicos, como los vinculados a la salud, el trabajo, la educación y la vivienda”, dijeron los afectados.
Asimismo, agregaron que mientras los tribunales no exigen nada a la mayoría de personas para cambiarse el nombre, a ellos se les solicita aportar pruebas, testigos y hasta certificados médicos y psiquiátricos para demostrar quiénes son.
“De ahí que deba ser el Registro Civil el que nos garantiza un trámite rápido, libre de discrecionalidades”, precisaron.
Manfredi explicó que tanto Naciones Unidas, como la Organización de Estados Americanos han aprobado resoluciones -apoyadas por Chile- donde se exige el término de toda discriminación basada en la identidad de género, a lo que se suma un informe de la Corte Suprema que es favorable a que el nombre y sexo legal se cambie en el Registro Civil.
Asimismo, la profesional agregó que en noviembre pasado la Corte Suprema señaló en un informe enviado al Senado que el procedimiento puede quedar asignado a una gestión administrativa ante el Oficial del Registro Civil, con lo cual se resguarda con mayor medida la dignidad de las personas al no exponerlas a un procedimiento judicial, reservando la sede judicial a los casos en que exista oposición a la autoridad administrativa o la solicitud corresponda a menores de edad”.
“Esperamos que con estos y otros antecedentes que hemos aportado en el recurso, se restablezca el imperio del derecho y se cautele el legítimo ejercicio de los derechos constitucionales”, puntualizó la abogada del Movilh.