La Corte de Apelaciones de Temuco se declaró incompetente para conocer y resolver los recursos de protección interpuestos por matronas y matrones de la región de La Araucanía, por lo que las acciones legales serán derivadas al tribunal de alzada de Santiago.
En fallo unánime, la Primera Sala y Segunda Sala del tribunal de alzada en La Araucanía no acogieron la acción judicial impulsada por el Colegio de Matronas y Matrones de Chile, que gatilló la presentación, el pasado jueves 9 de julio, de 211 recursos de protección presentados por profesionales y estudiantes en contra del dictamen de la Contraloría, que abrió el campo ocupacional a otras profesiones de la salud en las áreas de neonatología y obstetricia.
La resolución del tribunal de alzada temuquense considera que “atendido el mérito de los antecedentes, particularmente que lo recurrido dice relación con Dictamen de la Contraloría General de la República emitido en la comuna y ciudad de Santiago que establece que el Ministerio de Salud adopte las medidas necesarias para que la norma general administrativa N° 21, dictada por este último organismo en la misma comuna, se ajuste a la normativa vigente, deja de manifiesto que el efecto del acto arbitrario y/o ilegal recurrido se produce sobre dicha norma general, esto es, en la comuna y ciudad de Santiago”.
Y agrega que “visto lo dispuesto en el artículo primero y segundo del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, esta Corte se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente acción constitucional, debiendo remitirse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago para el conocimiento y resolución del presente recurso” puntualiza la sentencia.