La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) lanzó este viernes una normativa que regula el uso de drones en espacio públicos, medida que pone a Chile como pionero en Latinoamérica en este tema.

Los Sistemas Aéreos Pilotados de Forma Remota (RPAS, por sus siglas en inglés) y coloquialmente conocidos como drones, deberán tener una autorización de la DGAC, que dispuso de un sistema que se puso en marcha a contar de este mes.

“Esta normativa tiene que ver con la individualización del tipo de drones que se va a poder usar, las circunstancias en que se van a poder emplear, y finalmente, quiénes van a poder emplearlas”, explicó el general Maximiliano Larraechea, Director General de la DGAC.

De esta forma, podrán sobrevolar espacios públicos aeronaves de marcas reconocidas y registradas, “con un peso no mayor a 6 kilogramos, más el peso del paracaídas”, el que se exigirá para evitar tragedias en caso de un accidente.

Si un dron de siete kilos cae desde una altura de 10 metros su impacto en el suelo es de unos 70 kilos. “Eso mata a una persona, por eso exigimos el paracaídas y limitamos el peso”, comentó Larraechea.

Quienes podrán pilotear estos aparatos serán “operadores que estén registrados, quienes contarán con un certificado que obtendrán en la DGAC, previa rendición de ciertos exámenes de reconocimiento mínimos, junto a la individualización de nombres con una credencial de operador”, detalló Larraechea.

En cuanto a los usos, podrá utilizarse un drone para beneficio público como “la difusión de información en beneficio de uso público, donde caen los medios de prensa” y también para “actividades solicitadas por un agente del Estado”.

El director de la DGAC aclaró que la normativa es sólo aplicable en espacios públicos, como una plaza, pero “lo que hagan privados en espacios privados, no es materia de nuestra competencia, y no es materia de esta regulación”.

La normativa DAN 151, como ha sido bautizada, regula además especificaciones respecto a lugares en donde será posible operar, a distancia mayor a dos kilómetros de un Aeropuerto o Aeródromo. Asimismo, deberán abstenerse de hacerlo en zonas restringidas y prohibidas por la DGAC, así como no volar de noche, a una distancia mayor de 500 metros y a una altura de 130 metros (450 pies).

Los lugares donde se combaten incendios, tampoco son permitidos usarlos.

De no pedir los permisos, se arriesgan distintas multas que llegan hasta los 500 UTM. En caso de irregularidades, la DGAC es la entidad a cargo de recibir las denuncias, y se espera que en un futuro lo sean también la fuerza pública.


Desde el organismo se indicó que la DAN 151 es transitoria mientras se actualiza el Reglamento de Licencia de la DGAC, donde se añadirá este tipo de aeronaves, y que incluso detallará que operar un drone fuera de la norma, podrá significar un delito.

La Organización Aviación Civil Internacional (OACI) estima que entregaría un reglamento internacional recién en 2018, de acuerdo a la DGAC.

Drone de muestra de X-Cam | Eduardo Woo / BBCL

Drone de muestra de X-Cam | Eduardo Woo / BBCL