Los recursos de protección presentados en contra de la Junta Nacional de Jardines Infantiles por la distribución de “Nicolás tiene dos papás” fueron rechazados por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
En el fallo se indica que la Junji no ha incurrido en actos u omisiones arbitrarios o ilegales que provoquen privación , perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos señalados en el art.20 CPE. Lo que bastaría para rechazar los recursos.
Agrega además que “en cuenta que no se recurre por alguna perturbación o privación concreta y actual y que la eventual amenaza no parece seria y sí bastante hipotética, futura e incierta y, en todo caso, tal hipotética privación o perturbación no sería ya cometida por la recurrida sino por alguno de los jardines infantiles, si se adoptaran decisiones arbitrarias y unilaterales, sin consultar con los padres y apoderados, como debe ser”.
La resolución -dictada por las ministras Inés Letelier, Carolina Figueroa y el abogado integrante Carlos Fuentes- agrega que “en criterio de esta Corte, se unen y entrelazan, pero no se contraponen, por una parte, la decisión de la Junji de patrocinar el libro y, por la otra, el respeto y reconocimiento de la autoridad pública sobre el derecho y deber de padres y apoderados de participar activamente y con entera libertad en las unidades educacionales respectivas en la adopción de decisiones importantes, en este caso para decidir si se solicita o no el mencionado cuento y la oportunidad para ello”.
Se debe consignar que las acciones cautelares fueron presentadas por padres de niños en contra de la distribución del texto.
El Movilh valoró el pronunciamiento de la Corte y lo calificó como “un tremendo avance”.