La justicia acogió una demanda de tutela laboral que presentó una operaria de una empresa de retail, quien denunció que fue desvinculada debido a su orientación sexual.
Vilma Aravena, magistrada del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, acogió dicha acción judicial en contra de la empresa “Logística y Distribución Almacenes París Ltda.”, la que fue presentada por una operaria de bodega despedida en febrero de 2014, tras una serie de hostigamientos por parte de su jefatura debido a su homosexualidad.
En dicha resolución judicial se indicó que la jefatura directa de la trabajadora incurrió en prácticas discriminatorias en su contra, que se tradujeron en diversas formas de maltrato psicológico y que finalmente derivaron en su despido.
“La garantía salvaguardada por la Constitución dice relación con el derecho a la vida y la integridad física y psíquica de la persona, debiéndose estimar que éste ha sido lesionado, en el ejercicio de la facultad de mando del empleador, y como consecuencia directa de los actos ocurridos en la relación laboral, situación que en este caso ha quedado demostrada con la testimonial rendida”, dice el fallo.
A esto agrega que “esta magistrado concluye que no se han desvirtuado los indicios asentados acerca del trato diferente que recibió la trabajadora de parte de su jefe directo, creando una sospecha razonable respecto que el despido fue una decisión poco objetiva del empleador, más allá de las necesidades de la empresa alegadas, cuestión que tampoco se acreditó en este juicio“.
Asimismo, en dicha instancia se determinó “la existencia de la lesión de los derechos fundamentales denunciada en cuanto a que la demandada discriminó a la actora por su condición homosexual”. Es por ello que se condenó a la empresa a pagar $2.282.350, monto correspondiente a siete remuneraciones, y además $293.445, por recargo del 30% por años de servicios.
En tanto, la sentencia establece que “como medida de reparación de las consecuencias derivadas de la vulneración de los derechos fundamentales la demandada deberá capacitar acerca de la discriminación en materia laboral y las garantías fundamentales protegidas por el legislador a través de la acción de tutela, a sus supervisores y jefaturas directas de ésta realizando un mínimo de 15 horas, que no podrá distribuirse en menos de 6 jornadas de 2.5 horas de duración en un período de dos meses calendario. Asimismo deberá solicitar disculpas por escrito a la actora”, indicó el Poder Judicial.