¿Qué pasaría si cada uno de nosotros pudiera solicitar que nuestros datos publicados en la web pudieran ser borrados para siempre? Seguramente muchas personas se evitarían una serie de complicaciones que se generan porque demasiada información está a disposición de todos a un clic.
Con esa idea en mente, los senadores Francisco Chahuán, Carlos Bianchi, Hernán Larraín, Baldo Prokurica y Eugenio Tuma presentaron una moción que modifica la ley sobre protección de la vida privada, para establecer el derecho al olvido de los datos personales almacenados en motores de búsqueda y sitios web.
La propuesta recientemente ingresada será vista por la Comisión de Economía, la que deberá estudiar las ideas matrices.
Sentencia Internacional
Los citados legisladores reconocen que es necesario ajustar nuestra legislación a los estándares internacionales. Esto puesto que en mayo pasado, el Tribunal Europeo de Justicia declaró que los ciudadanos de la Unión Europea (UE) tienen derecho a pedir el retiro de información irrelevante o bochornosa que apareciera al buscar su nombre.
Así las cosas, la empresa Google empezó a eliminar algunos resultados de sus búsquedas a petición de los usuarios. Previamente, la firma estableció una interfaz en Internet para que éstos registren sus quejas.
Ley actual en Chile
El llamado derecho al olvido no está consagrado en nuestra legislación. La norma sobre protección de la vida privada de 1999, establece que “los datos personales deberán ser eliminados o cancelados cuando su almacenamiento carezca de fundamento legal o cuando hayan caducado”.
Asimismo, indica que “la información deberá ser modificada cuando sea errónea, inexacta, equívoca o incompleta”. También establece que “se bloquearán los datos personales cuya exactitud no pueda ser establecida o cuya vigencia sea dudosa y respecto de los cuales no corresponda la cancelación. El responsable del banco de datos personales procederá a la eliminación, modificación o bloque de los datos, en su caso, sin necesidad de requerimiento del titular”.
Los congresistas en la comisión, reconocen que la norma en vigencia solo hace alusión al tratamiento que hacen los registros o bancos de datos. “Sin embargo no se contempla este mismo derecho para eliminar los datos que se contengan en motores de búsqueda o sitios web”.
En lo práctico, el texto admite que este cambio será especialmente relevante en el caso de que “una persona sea vinculada a una conducta delictual, publicándose su nombre en diversos medios de prensa, y posteriormente se compruebe su inocencia”.