La justicia rechazó el recurso para revertir la paralización del proyecto aurífero Pascua Lama, ubicado en la frontera con Argentina, que fue presentado por la minera canadiense Barrick Gold.
“La solicitud de dejar sin efecto (la suspensión) fue rechazada. No aportaba antecedentes nuevos”, declaró Antonio Ulloa, presidente de la Corte de Apelaciones de Copiapó.
Barrick presentó esta semana un recurso judicial para revertir la orden de no innovar que el tribunal de Copiapó adoptó el 10 de abril, tras acoger un reclamo en contra de Pascua Lama hecho por comunidades diaguitas.
“Nosotros habíamos decretado la orden de no innovar y ellos (la empresa) no aportaron antecedentes nuevos que desvirtuaran lo que habíamos resuelto”, agregó el magistrado.
En la demanda, los indígenas acusaron a la minera de no cumplir varias medidas de mitigación contenidas en la resolución ambiental que aprobó el proyecto.
Asimismo, Pascua Lama generó “una situación de inminente daño ambiental sobre recursos hídricos del río Estrecho y afectó glaciares milenarios que surten al río”, según la denuncia.
Barrick Gold argumentó en su recurso judicial que la suspensión del proyecto Pascua Lama, un rico yacimiento de oro, debió ser ordenada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), y no por el tribunal.
Según la minera canadiense, sólo la SMA “posee la facultad de paralizar o suspender la ejecución de un proyecto por eventuales incumplimientos de las resoluciones de calificación ambiental conociendo los mismos hechos”.
La SMA revisó los antecedentes del caso y “no ha estimado necesario disponer la paralización”, afirmó Barrick.
La minera canadiense admitió que puedan existir “infracciones a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA)”, lo cual, a su juicio, no amerita “la paralización total señalada en la orden de no innovar”.
Pascua Lama tenía como fecha de inicio de producción el segundo semestre de 2014, tras una primera inversión de 8.000 millones de dólares y otra prevista de 8.500 millones.