La Corte Suprema condenó a una empresa constructora de San Fernando a pagar 60 millones de pesos a la viuda e hijos de un trabajador que murió el 2010 por la caída de un portón de cierre del recinto.
En fallo unánime (rol 1890-2013) los ministros de la Cuarta Sala del máximo tribunal determinaron que la empresa Videla y Alfaro Limitada debe pagar este monto a la viuda del trabajador identificado como Nelson Fuentes Donoso.
El máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado por la empresa y que estableció su responsabilidad por falta de servicio al mantener la estructura metálica de manera deficiente y que causó la muerte de Fuentes, el 23 de junio de 2010.
“Que, al tenor de las argumentaciones expuestas precedentemente, queda en evidencia que el recurso se erige sobre la base de hechos distintos a los asentados en el proceso. En efecto, la sentencia estableció que luego del terremoto del 27 de febrero del año 2010, la demandada no realizó supervisiones, reparaciones o revisiones al portón metálico de su propiedad y que éste, conforme a sus características, requería soportes de anclaje adheridos al suelo y no aéreos como los que tenía al momento del accidente, constituyendo la falta de cuidado o de negligencia en la mantención del portón metálico, por la demandada, lo que causó la muerte de Nelson Fuentes Veloso; sin que se haya denunciado la infracción de las leyes reguladoras de la prueba que – de ser efectiva- permitiera modificarlos y de este modo revisar en los aspectos sustantivos denunciados, el fallo impugnado”, dice el fallo.