Un ex campeón de karate español, identificado como Fernando Torres Baena, fue condenado este viernes a 302 años de cárcel por haber abusado durante más de dos décadas de decenas de alumnos en su gimnasio; pese a esto, desde el órgano judicial informaron que sólo cumplirá un máximo de 20 años.
El tribunal de Las Palmas, en las islas Canarias, lo culpó de 35 delitos de abuso sexual y 13 de corrupción de menores -a través de una pequeña red organizada en su gimnasio- donde violó y abusó sexualmente de al menos 40 alumnos, algunos de ellos eran menores de 13 años.
En la sentencia de casi 200 páginas, el tribunal lo culpa de “un macro abuso, un delito sexual continuado y sin precedentes” en la jurisprudencia española, y define su comportamiento como el de “un depredador sexual”.
Los abusos fueron ejecutados con la ayuda de su esposa y monitora del gimnasio, María José González (34) y de la profesora de karate, Ivonne González (32), condenadas a 148 y 126 años de prisión respectivamente.
Los culpables crearon un grupo de “elegidos” entre sus alumnos a quienes les decían que “mantener relaciones sexuales los haría mejores deportistas”. Los abusos tuvieron lugar en el gimnasio y en una propiedad de Torres, donde de acuerdo a la sentencia “se desarrollaron auténticas orgías sexuales sin distinción de edad, sexo o número de participantes”.
Este caso conmocionó España, especialmente tras la declaración de un niño de 9 años que en septiembre de 2012 explicó haber sido víctima de abusos sexuales de Torres, durante el mismo periodo que su madre se estaba muriendo de una grave enfermedad.
Los psicólogos que trataron al principal culpable descartaron que el karateka fuera un “enfermo mental”, pero lo describieron como un manipulador con narcisismo patológico, con una autoestima desorbitada. “Un hombre sin empatía que solo la muestra en la medida en que pueda satisfacer sus necesidades de ser admirado”, indicaron los profesionales.
El juez pidió también penas más duras y proporcionadas para hechos de esta entidad, ya que la pena máxima efectiva es de 20 años en prisión: “Este máximo de cumplimiento de las penas impuestas en esta sentencia deviene insuficiente”, señaló.