Por unanimidad se aprobó en la Sala de la Cámara del Senado el proyecto de ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, presentado por el Ejecutivo, con el propósito de contar con una legislación que obligue a las empresas a desarrollar un plan de cierre para todas las faenas mineras existentes y futuras, para las áreas de exploración, prospección y explotación de los yacimientos.
El proyecto, que cumplió con su tercer y último trámite legislativo, quedó en condiciones de ser remitido al Presidente de la República para su firma y promulgación.
En lo fundamental, el proyecto obligará a toda empresa minera a generar un plan que garantice la calidad física y química del lugar que explotó, resguardando así la salud de la población. De esta forma, toda faena minera tendrá un plan de cierre, en que va a quedar completamente explicitada con costos cada una de estas fases, y van a tener que existir las garantías suficientes para responder respecto del cumplimiento de cada una de las etapas.
Las empresas deberán presentar una garantía que se constituirá, a través de instrumentos de inversión líquidos y de bajo riesgo, en un plazo no superior a 15 años. Esto permitirá que el sistema cuente con un modelo que resguarda el financiamiento de la minera, para que si el privado que explota el yacimiento no realiza el adecuado tratamiento, el Estado con los fondos que antes ha constituido pueda hacerlo por cuenta de la empresa.
En tal sentido, impone a toda empresa minera la obligación de someter a la aprobación del Sernageomin, un plan de cierre de faenas mineras, como requisito previo al inicio de sus operaciones, precisando las medidas técnicas y actividades que éste debe contener, así como los contenidos, objetivos y requisitos formales que deberán cumplir.