Veredicto mixto, es decir condenatorio por un hecho y absolutorio por otro, dictó el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Temuco, respecto de dos personas acusadas por el Ministerio Público de robar e incendiar un taxi colectivo.

Los hechos, según informó el Ministerio Público, ocurrieron el 27 de febrero del año 2009 en horas de la madrugada, cuando los acusados Eduardo Salilla Rebolledo y Benedicto Contreras Ramírez, abordaron en la intersección de calles Rodríguez y Aldunate de Temuco un taxi colectivo de la línea 28 marca toyota, modelo yaris, amenazando a poco andar a su conductor con un arma cortopunzante, obligándolo a que los trasladara hasta el sector del Molino, camino a Chol Chol.

Agregó el fiscal que una vez en dicho lugar, procedieron a sustraer un teléfono móvil y 10 mil pesos al conductor, y luego tras amenazarlo con un cuchillo, lo dejaron en el portamaletas del móvil logrando la víctima abrir la puerta de aquel espacio del vehículo y saltar mientras éste se encontraba en movimiento.

Luego los acusados se trasladaron hasta el sector de Boyeco, donde procedieron a aplicar fuego al taxi colectivo resultando destruido el móvil por la acción de las llamas.

En su veredicto, sin embargo y tras oír los antecedentes del hecho, los jueces resolvieron declarar culpable del robo del teléfono y del dinero a los acusados, absolviéndolos del incendio del automóvil, aclarando que el Ministerio Público no logró acreditar los hechos al presentar una prueba vaga e imprecisa, debido a que no se demostró debidamente que el incendio fue intencional y producto de la acción de terceros.

De todas formas la sentencia que por el delito de robo con intimidación deberán cumplir los acusados, será informada en una audiencia programada para el miércoles 29 de septiembre a las 13 horas, pidiendo el Ministerio Público se les condene a 5 años y un dia de presidio efectivo.