El senador socialista Juan Pablo Letelier presentó una moción con el fin de establecer un límite temporal previo de 30 días a la divulgación o difusión de encuestas en materia de votaciones populares.

La iniciativa que será analizada por la Comisión de Gobierno, castiga la infracción a estas normas con multas que podrían llegar hasta los $110 millones.

El parlamentario explicó que “la legislación existente en materia electoral no regula en forma específica lo relativo a las encuestas, sólo en materia de gasto electoral se hace referencia a ellas”.

Sin embargo, aclaró que “en materia de propaganda electoral las encuestas no se regulan de modo alguno, existiendo un vacío legal evidente que permite realizar prácticas distorsionadores en materia electoral”.

El parlamentario aseveró que “la competencia electoral constituye un proceso respecto del cual ejercen su influencia una serie de variables, que de alguna manera inciden en distinta medida en la decisión del electorado al momento de ejercer el derecho a voto”.

En este aspecto, aseveró que “hay factores que ejercen su influencia de una manera indebida, como es el caso de las encuestas que, con la divulgación de sus resultados, a través de medios de comunicación, permite que un porcentaje importante del electorado se incline por uno u otro candidato”.

Puntualizó que “una encuesta puede favorecer a un candidato entregando resultados que den cuenta de un triunfo amplio frente a sus oponentes, y en contrapartida, perjudicar abiertamente a un candidato al señalar que sus posibilidades de vencer son escasas”.

En este sentido, el senador Letelier recalcó que “quién realiza una encuesta para ser divulgada a pocos días de la realización de una elección, sabe perfectamente que puede influir decididamente en la inclinación un sector importante del electorado, y en consecuencia, puede tener una intención distinta a mostrar el espectro electoral correspondiente a dicho momento”.

Por estas razones, el proyecto de ley dispone que “ninguna encuesta relativa a votaciones o procesos eleccionarios materia de esta ley, podrá darse a conocer dentro de los 30 días inmediatamente anteriores a la fecha que corresponda la elección”.

Añade que “la infracción a la prohibición establecida será sancionada con una multa que irá entre 1000 a 3000 UTM, es decir entre, $36.600.000 y los casi $110.000.000.