La institucionalidad del agua -derecho humano fundamental- se ha tomado el debate de cara a las próximas elecciones de Constituyentes para la Convención Constitucional, donde garantizar el acceso global al agua potable es uno de los puntos clave a debatir en la nueva Carta Magna. Sin embargo, hay dos aristas a considerar en lo que concierne al agua: el acceso y el tratamiento. Una cosa es que el agua llegue a todos lados, pero otra muy distinta -y donde se marca la diferencia- es que esté tratada y saneada.
Fabrizio Fracchia, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Bocconi de Milán, y quien recientemente participó del segundo conversatorio del Foro de la Economía del Agua en Chile, destaca que la clave para las garantías del agua en nuestro país está en encontrar una fórmula equilibrada entre regulación y gobernanza adecuada, pero eso no se genera a nivel constitucional.
Lo que la nueva Carta Fundamental debe garantizar es el acceso a agua potable, pero no tiene por qué especificar la manera en que se hace. Eso queda en manos del Estado y de las instituciones encargadas de equilibrar gobernanza y regulación, y para eso se necesita de la incorporación de tecnologías que optimicen procesos de forma remota para ampliar el alcance de los servicios relacionados con la medición y activación de los flujos de agua.
El acceso universal al agua en Chile no tiene por qué ser una utopía y actualmente existen las tecnologías que permiten lograrlo.