Una Constitución para Chile

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ARCHIVO | Agencia UNO

Cuándo es la franja y cuáles son las multas por no votar: lo que debes saber de cara al plebiscito

Por Felipe Reyes
Con información de María José de la Barra
Lunes 04 julio de 2022 | 17:53
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Dos meses exactos quedan para el plebiscito constitucional, donde los chilenos podrán votar Apruebo o Rechazo respecto a la propuesta de nueva Carta Magna. El proceso será de carácter obligatorio para quienes residan en territorio nacional. Las características del proceso, las multas por no asistir a las urnas y la fecha de la franja televisiva se resumen en la siguiente nota...

Tras el fin de la Convención, el presidente Gabriel Boric convocó a plebiscito para el próximo 4 de septiembre, donde los chilenos deberán aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución.

Aquel llamado ya fue publicado en el Diario Oficial, por lo que restan dos meses exactos para que más de 15 millones de personas concurran a las urnas.

Sólo habrá dos opciones: Apruebo o Rechazo. ¿Qué consecuencias trae cada alternativa? ¿Será una votación obligatoria o voluntaria? ¿Cuándo parte la franja televisiva? Son preguntas que se responden en la siguiente nota.

Plebiscito: características, opciones y multas por no votar

De acuerdo al artículo 142 de la Constitución vigente el sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

Quienes no asistan a las urnas serán penados con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 UTM (de $29.124 a $174.744, con el valor actual).

Sólo podrán excusarse las personas que presenten alguna de las siguientes condiciones:

– Tengan alguna enfermedad que les impida asistir.
– Se encuentren fuera del país en aquella fecha.
– Estén en algún lugar situado a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral.
– Tengan algún impedimento grave, lo que deberá ser comprobado por un juez competente.

La cédula electoral que reciban los electores tendrá la siguiente pregunta: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”

“Bajo la cuestión planteada habrá dos rayas horizontales, una al lado de la otra. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión ‘Apruebo’ y la segunda, la palabra ‘Rechazo’, a fin de que el elector pueda marcar su preferencia sobre una de las alternativas”, se explica.

Si gana el Apruebo, Gabriel Boric tendrá cinco día hábiles para convocar al Congreso Pleno. En un acto público y solemne, deberá promulgar la nueva Constitución de la República.

En caso contrario, ante un triunfo del Rechazo, continuará vigente la Constitución de 1980.

Franja televisiva: fechas y espacios para ambas opciones

Este miércoles 6 de julio se dará inicio al período de propaganda electoral para el plebiscito, el cual se extenderá hasta el jueves 1 de septiembre.

Durante este plazo, los partidos políticos, las organizaciones de la sociedad civil y parlamentarios independientes podrán realizar actividades de campaña para promover una de las dos opciones.

La franja televisiva se desarrollará entre el 5 de agosto y el 1 de septiembre, ambos días inclusive.

De acuerdo al Consejo Nacional de Televisión, el espacio contará con dos bloques, de quinte minutos cada uno, para difundir las ideas del Apruebo y el Rechazo.

“El CNTV tiene la atribución, según mandato constitucional, de adoptar un acuerdo para especificar quiénes podrán realizar propaganda en la Franja Electoral en televisión abierta y cómo se distribuirá el tiempo entre los participantes de ambas opciones”, señala el organismo.

Revisa la publicación en el Diario Oficial de la convocatoria a plebiscito:

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