CC: comisión aprueba norma que limita en 12 años duración de ministros en la Suprema
Comisión de Sistemas de Justicia de la Convención aprobó una indicación que establece el plazo de duración de los ministros de la Corte Suprema por 12 años.
La comisión de Sistemas de Justicia de la Convención aprobó una indicación para establecer el plazo de duración de los ministros de la Corte Suprema. Según lo visado por los constituyentes, los magistrados permanecerán 12 años en sus cargos.
La moción plantea que los integrantes del máximo tribunal no podrán tener posibilidad de reelección; y “podrán postular al término de dicho mandato a cualquier otro cargo del Sistema Nacional de Justicia distinto al de jueza o juez de la Corte Suprema”.
La instancia también aprobó una indicación sobre el fuero de los magistrados, reponiendo este concepto luego de su rechazo en la discusión general.
El artículo sostiene que “las juezas y los jueces no podrán ser acusados o privados de libertad, salvo el caso de delito flagrante, si la Corte de Apelaciones correspondiente no declara admisible uno o más capítulos de la acusación respectiva”.
La enmienda agrega que “la resolución que se pronuncie sobre la querella de capítulos será apelable ante la Corte Suprema”. En ese sentido, se destaca que “encontrándose firme la resolución que acoge la querella, el procedimiento penal continuará de acuerdo a las reglas generales y la jueza o el juez quedará suspendido del ejercicio de sus funciones”.
El coordinador de la comisión de Sistemas de Justicia Christian Viera, precisó que ahora, las indicaciones aprobadas, deben ser visadas por el pleno de la Convención.
Sobre a la duración del cargo, la comisión estableció que NO existirá límite respecto de los jueces de instancia, ni tampoco de la Corte de Apelaciones.
La instancia, zanjó aprobar bajar la edad de jubilación de los magistrados, de 75 a 70 años.
El constituyente del colectivo Socialista Tomás Laibe destacó la aprobación de esta disposición, señalando que no afecta la inamovilidad de los jueces.
Los distintos tribunales -en tanto y de manera preliminar- estarían sometidos a una revisión integral por el “Consejo de Justicia”.
Acá, se incluirán audiencias públicas para analizar y determinar el correcto ejercicio de sus funciones.