CC: derecha presenta propuesta de norma para impedir contratación de familiares en cargos públicos
La idea busca impedir la contratación en cargos públicos de cónyuges y parientes hasta en cuarto grado y considera al Presidente de la República, ministros, subsecretarios, parlamentarios, gobernadores, delegados, alcaldes, concejales, consejeros y cualquier otra autoridad de confianza.
Convencionales de Vamos por Chile presentaron la propuesta de norma constitucional “Basta de Parientes”.
Esta busca impedir la contratación en cargos públicos de cónyuges y parientes hasta en cuarto grado de diversas autoridades nacionales.
Entre estas se considera al Presidente de la República, ministros, subsecretarios, parlamentarios, gobernadores, delegados, alcaldes, concejales, consejeros y cualquier otra autoridad de confianza.
El exintendente de Ñuble y precursor de la normativa, Martín Arrau, indicó que “buscan recuperar el valor del servicio público, al que deberían llegar las personas más idóneas y no aquellas con mejores contactos”.
Además, aseguró que la propuesta se suma a sus esfuerzos para “reducir el Congreso a la mitad, establecer la dieta de parlamentarios en 50 unidades tributarias mensuales, a la norma que establece la lesión de derechos por parte del Estado y a la que promueve su función eficiente, entre otras”.
“Hay que reducir la desconfianza de la ciudadanía en los políticos y para ello es necesario eliminar las condiciones que posibilitan que el Estado sea un verdadero botín, como son contratar a familiares apitutados para pagarles sueldos que no conseguirían en otro lado. Queremos tener a las mejores personas en la función pública”, comentó por su parte Rocío Cantuarias.
Así quedó el articulado propuesto:
No podrán ingresar a los cargos en la administración pública quienes tengan la calidad de cónyuge, conviviente civil, hijos, o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto del Presidente de la República, senadores, diputados, gobernadores regionales, alcaldes, concejales, consejeros regionales, delegados presidenciales, ministros, subsecretarios y cualquier otra autoridad de confianza designada por el Gobierno de turno, con excepción de aquellos cargos que son proveídos mediante el Sistema de Alta Dirección Pública regulados por la Ley Nº 19.882.