Contraloría se abstiene de responder oficio presentado por la Segpres ante el caso de Rojas Vade

Contraloría se abstiene de responder oficio de SegPres para dejar de pagar sueldo a Rojas Vade

Publicado por Florencia Ortiz
La información es de Daniela Ruiz-Tagle

02 noviembre 2021 | 18:47

La Contraloría se abstuvo de responder al oficio presentado por la SegPres ante el caso de Rojas Vade, diciendo que no corresponde cometer la interpretación del precepto constitucional que se ha requerido para suplir un supuesto vacío normativo. Todo a vez que ello implica incidir en la autonomía que el ordenamiento le reconoce a la Convención Constitucional, tal como se ha manifestado al mismo solicitante.

La Contraloría General de la República se abstuvo de responder al oficio que envió la semana pasada la Secretaría General de la Presidencia, a propósito del caso de Rodrigo Rojas Vade.

El Ejecutivo había solicitado un pronunciamiento por parte del ente contralor, para conocer si es que corresponde que el convencional siga percibiendo su remuneración, pese a que renunció de facto el 20 de septiembre.

Toda esta situación se da a propósito de su mentira, en torno a su diagnóstico sobre un supuesto cáncer. Es por esto que la SegPres ofició a la Contraloría General de la República para conocer si es que se puede dejar de pagar su sueldo.

Recordemos que en el documento presentado por el subsecretario general de la presidencia, Máximo Pavez, se detallaba que “en ese contexto, este Ministerio, como entidad ejecutora de los recursos públicos destinados a la Convención Constitucional se encuentra frente a un aparente vacío normativo al momento de realizar el pago de la retribución que establece la carta magna, por cuanto don Rojas Vade, formalmente continúa ostentado el cargo de Convencional Constituyente, sin perjuicio de no ejercer las funciones que la Constitución Política de la República encomienda a dicho cargo”.

Ante esto, el organismo se abstuvo de responder diciendo que no corresponde a esta Contraloría General a cometer la interpretación del precepto constitucional que se ha requerido para suplir un supuesto vacío normativo. Todo a vez que ello implica incidir en la autonomía que el ordenamiento le reconoce a la Convención Constitucional, tal como se ha manifestado al mismo solicitante.