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Relatoras v/s ministros: el oculto historial de acoso laboral en el Tribunal Constitucional

Relatoras v/s ministros: el oculto historial de acoso laboral en el Tribunal Constitucional

Viernes 10 enero de 2020 | 04:00

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Agencia UNO | Edición: Jaime Silva (BBCL)
En la última década se han repetido los reclamos de funcionarios, en especial contra ministros de la institución, por tratos discriminatorios y mal clima laboral en un organismo que precisamente tiene como función resguardar derechos fundamentales. En particular, dos relatoras presentaron licencias médicas por meses a raíz del ambiente y sobrecarga de trabajo. Paola Molina, que decidió demandar tras su salida en 2015, desistió en 2017 tras llegar a un acuerdo. En tanto, en una situación similar, Pilar Arellano inició una batalla judicial en marzo pasado -actualmente en curso- exigiendo una indemnización de 326 millones de pesos. En sus acciones legales ambas lanzaron sus dardos contra titulares del Pleno como Carlos Carmona, Gonzalo García y la actual presidenta, María Luisa Brahm. Un escenario crítico, que ahora reconstruye BioBioChile, y que inclusive obligó a la intervención de un equipo de psicólogos para mejorar el clima interno.

El 29 de diciembre de 2016, una cuestión básica desencadenó el primer enfrentamiento entre la relatora Pilar Arellano, funcionaria de carrera desde 2007, y la entonces ministra María Luisa Brahm, ahora presidenta del Tribunal Constitucional (TC). Un acto de hostilidad precedido por las pugnas que esta última mantenía con los demás titulares del Pleno.

Y Arellano quedó en medio. Ese día, el abogado requiriente en una causa solicitó la rectificación de una sentencia redactada por el ministro Iván Aróstica. La petición era sencilla. Sólo había que cambiar la palabra “siempre” por “simple”.

Para eso la relatora propuso a Aróstica y al entonces presidente del TC, Carlos Carmona, sacar inmediatamente las firmas para despachar la correción solicitada. En efecto, se trataba de la frase del Código Civil “condición pura y simple”, que memoriza cualquier alumno de primer año de derecho, pero por error de tipeo salía en la sentencia “condición pura y siempre”. Lógicamente, ambos ministros accedieron y le dijeron que consiguiera las firmas. Así procedió Arellano y fue a pedir las respectivas rúbricas a las oficinas de cada uno de los titulares del Pleno.

Según acusó, los problemas aparecieron cuando llegó al escritorio de Brahm. Se negó rotundamente a firmar. Cuando le preguntó sobre cómo quería proceder al respecto, le gritó con evidente molestia: “¡Anda a preguntarle al Aróstica!” y una serie de garabatos e improperios en contra del ministro.

Inevitablemente le reportó el asunto al aludido y, de paso, la relatora le propuso zanjar el impasse mediante una nueva resolución de rectificación, donde se estableciera que Brahm no suscribía porque a esa hora ya no se encontraba en el tribunal. Lo cual en ese momento ya era cierto. Así, la resolución fue firmada por todos los que estaban presentes.

Pero al día siguiente Brahm llamó al secretario del tribunal para decir que ella sí quería firmar, por lo que le colocaría una anotación de demérito (negativa) a Arellano. Ante la sorpresa, la relatora consultó la situación al Pleno. El presidente Carmona elevó aún más la tensión y acusó que ella había desobedecido a la ministra. En su opinión, dicho acto de rebeldía podía escalar y replicarse en otros funcionarios. Por eso la determinación de la máxima autoridad del TC fue tajante: pidió iniciar un proceso de sumario para la destitución de la relatora.

Sin embargo, la iniciativa no prosperó. Cuatro ministros se opusieron. Enojada, la ministra Brahm se retiró de la sala dando un portazo.

ARCHIVO | Agencia UNO
ARCHIVO | Agencia UNO

De todas formas, ese no fue el único episodio de esa naturaleza. De acuerdo a Arellano, una situación similar ocurrió con el ministro Gonzalo García, cuando la reprochó por la redacción de una sentencia y se negó a firmarla por ello. Al día siguiente, en la sesión del Pleno, la relatora hizo ver la situación y desató la molestia de los demás ministros, ya que el escrito no lo había elaborado ella, sino que los pares de García.

Tras la escena, García optó por firmar el texto. Luego la recriminó en privado, en duros términos, y cuestionó porque no le avisó que la sentencia en realidad la habían redactado los propios ministros. Naturalmente, la situación acrecentó la animadversión entre ambos.

En otra ocasión, a raíz de un mal entendido sobre un oficio que Carmona envió a la justicia naval, el propio García le gritó a la relatora delante del Pleno. La situación obligó a Aróstica a confrontarlo y advertirle que “el Pleno no iba a seguir en esas condiciones”. También recibió el apoyo del ministro Nelson Pozo. Recién ahí García dejó de gritarle.

En junio de 2017, poco después de volver de una licencia médica prolongada, el presidente Carlos Carmona le encargó a Arellano redactar cuatro sentencias para el día siguiente. Ante la evidente sobrecarga, el ministro Juan José Romero se opuso, aunque sin éxito. Por eso incluso le ayudó a intentar cumplir la tarea.

Días después tuvo una crisis hipertensiva, razón por la que Aróstica le facilitó su vehículo para que se retirara del tribunal.

Y lo cierto es que los fallos no eran tan fáciles de redactar. En efecto, la magistratura terminó expidiendo meses después las cuatro sentencias y algunas de ellas hasta un año después, en 2018.

Despido por animadversión

Con todo, la relatora desarrolló tendinitis. Presentó una orden médica que pedía bajarle la carga de trabajo para evitar que se agravara dicha condición. Pero aquello no ocurrió y terminó con licencia médica a raíz de un daño mayor que la obligó a abandonar su puesto de trabajo durante 10 meses. Y no sólo por eso. También sufrió trastorno de ánimo, estrés laboral, insomnio, problemas de concentración, memoria, bruxismo, entre otros padecimientos.

A su regreso, a fines de 2018, intentó retomar sus funciones. Pero seis semanas después, el 24 de enero de 2019, fue despedida mediante una resolución del Pleno que declaró la vacancia del cargo, forzando así la salida de la última relatora que se desempeñaba en la magistratura.

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“El procedimiento que se está adoptando para desvincular a la referida funcionaria es irregular y eventualmente ilegal y arbitrario”.
- José Ignacio Vásquez, ministro del TC.

Eso sí, la resolución contó con la disidencia de los ministros Domingo Hernández y José Ignacio Vásquez. Sus razones fueron claras: “No puede ser motivo para desvincular a un funcionario la animadversión y falta de ecuanimidad que determinados ministros han venido manifestando a la funcionaria”, señalaron.

“El procedimiento que se está adoptando para desvincular a la referida funcionaria es irregular y eventualmente ilegal y arbitrario. Y esto generará problemas al tribunal, exponiéndolo a la publicidad y eventuales problemas judiciales”, añadió Vásquez.

Y así fue. Pilar Arellano presentó el 26 de marzo pasado una demanda sobre tutela de derechos fundamentales ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la que exige el pago de 326 millones de pesos por sanción de tutela, daño moral, lucro cesante y años de servicio, en la que plasmó los detalles de los episodios relatados.

Eso sí, de acuerdo a fuentes conocedoras de la disputa, en los últimos días ambas partes han estado negociando un acuerdo y estarían muy cerca de zanjar las discrepancias por la vía extrajudicial.

Intervención psicológica

Sin embargo, el caso de Arellano no es inédito al interior del TC. Durante la última década, se han repetidos los reclamos de funcionarios del tribunal dirigidos al personal -y en particular a ministros de la institución- por tratos discriminatorios y mal clima laboral en una institución que precisamente tiene como función proteger los derechos fundamentales.

En 2010, José Muñoz Antinao, quien se desempeñó como jefe de presupuestos de la entidad durante 21 años, también alegó vulneración de sus derechos fundamentales ante el mismo tribunal acusando discriminación y despido injustificado.

Y en diciembre de 2015 la relatora Paola Molina Venegas presentó por las mismas razones una demanda de tutela laboral contra el tribunal ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la cual incluso acompañó como antecedente una carta de Gerardo Roa Sanhueza, funcionario de Administración y Finanzas del TC que renunció en 2012 a su cargo -según dijo- tras sufrir humillaciones, maltrato y acoso laboral.

En suma, diversos funcionarios han presentado licencias médicas por meses a raíz del ambiente y sobrecarga de trabajo -como las relatoras Molina y Arellano-, lo que durante la presidencia de Carlos Carmona (2014-2017) inclusive obligó a la intervención de un equipo de psicólogos para mejorar el clima laboral.

En particular, Molina fue nombrada en el cargo mediante concurso en diciembre de 2011, unas horas después que también fuera nombrada relatora de la Corte de Apelaciones de Valdivia, a cuyo nombramiento desistió para asumir en el Tribunal Constitucional.

Agencia UNO
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Desde su primer día, el 2 de enero de 2012, acusó tratos hostiles de parte de sus compañeros relatores, particularmente los dos más antiguos: Sebastián López y Rodrigo Pica, quienes inmediatamente le hicieron ver que existía un “orden de antigüedad de los relatores”. Incluso la propia Pilar Arellano -que asumió en ese cargo el mismo día que ella, pero inició su carrera en el TC en 2007- la recriminó por solicitar unos días administrativos.

En su caso, según relató en la acción judicial, la pugna con los ministros del Pleno tuvo características similares. Nuevamente un par de palabras desataron una batahola al interior del TC. El exministro Marcelo Venegas le pidió incorporar unas líneas a una sentencia del 30 de agosto de 2012. Al leerlo notó que se trataba -en lenguaje jurídico- de una prevención, por lo que al texto le antepuso las palabras “se previene que”, para así darle más claridad a la precisión.

Cuando Venegas lo notó se enfureció y la recriminó en duros términos. Posteriormente el exministro volvió a sacar el asunto en el Pleno y pidió una investigación un su contra porque “había cambiado una sentencia”. El presidente de ese entonces, Raúl Bertelsen, pidió detalles. Pero Venegas golpeó la mesa y señaló que con su palabra era suficiente. Sin embargo, como se negó a entregar detalles, el titular del TC descartó indagar el tema y cerró la sesión.

A raíz de ese y otros episodios desarrolló depresión y estuvo con licencia un largo periodo. Por eso optó por postular a un cargo en el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia a fines de 2013. A inicios de 2014 informó su nombramiento a algunos ministros, razón por la que presentaría su renuncia.

Pero, según dijo, varios de ellos le señalaron que se quedara y le prometieron mejoras en el ambiente laboral. Y optó por rechazar la otra alternativa.

“Salud incompatible”

En agosto de 2014 quedó embarazada y estuvo con licencia médica a raíz de complicaciones en el proceso de gestación, por lo que su trabajo fue reasignado a otros relatores. Pero de todos modos, según acusó en su demanda, Brahm la llamó durante su licencia para las gestiones de firma de una sentencia de una causa que era de ella. Aún así, en esa ocasión ayudó por teléfono.

En septiembre perdió su bebé. Tuvo que faltar un día al trabajo por secuelas del legrado en diciembre y presentó como justificación los comprobantes de la atención de urgencia. Aunque de todas formas en el tribunal le exigieron licencia médica por el día. En las vacaciones en enero de 2015 tuvo más complicaciones y no pudo descansar nada.

Entre junio y julio tuvo que enfrentar la muerte de un cercano y su abuela, lo que sumado a la abultada carga de trabajo la llevó a desarrollar insomnio, bruxismo y depresión por primera vez en su vida. Por esas razones presentó licencia médica en agosto de 2015. Igual recibió correos, llamados y WhatsApp por motivos laborales.

En octubre presentó nuevas licencias psiquiátricas por un “episodio depresivo mayor”, lo que esparció comentarios en el tribunal, donde algunos decían que “estaba tirando licencias”, que “estaba de viaje” o “buscando trabajo”.

A su regreso, le comentó al ministro Juan José Romero sus intenciones de buscar trabajo a raíz de los malos tratos y el hostigamiento, quien le pidió que no se fuera aún para llamar a concurso antes de su salida.

En otra conversación, de acuerdo a la demanda, Brahm le señaló que el Pleno había hablado de su “salud incompatible”. Sin embargo, ese año sólo había acumulado un mes y medio de ausencias por licencias médicas. El año anterior se debía a patologías del embarazo y la normativa excluye esos motivos al momento de evaluar una destitución, que de todos modos debe superar los 6 meses de inasistencia.

En medio del ambiente hostil y desagradable, que no ayudaba en nada a su recuperación psicológica, Brahm le propuso en octubre, de común acuerdo, la opción de pactar su salida declarando la vacancia del cargo, cuya figura le permitiría obtener una indemnización de 90UF por año de servicio. Ella inicialmente encontró que era una buena opción, pero el escenario se complicó.

El asedio de Brahm

El jueves 5 de noviembre de 2015 acudió a una reunión con Brahm, actualmente titular del TC, y el presidente de ese entonces, Carlos Carmona. Allí les dijo que había desistido de aceptar el ofrecimiento porque no había tenido tiempo de buscar un nuevo trabajo aún y la vacancia del cargo podía ser mal vista en un concurso para un cargo en el Poder Judicial.

Brahm se indignó. Cuestionó a la relatora porque, según ella, ya le había dado su palabra. Pero Molina le respondió que no había nada por escrito y tenía derecho a cambiar de opinión.

En la demanda relató que en ese encuentro la amenazaron y le dieron hasta el lunes para pensarlo. De lo contrario, reflotarían ante el Pleno los reclamos que surgieron en un inicio, pese a que en su momento habían sido enterrados.

Ante las presiones y hostigamiento, el lunes 9 de noviembre renunció ante Brahm, Aróstica y Carmona. Rechazó la opción de la vacancia del cargo -y la respectiva indemnización- para evitar una óptica errada en postulaciones al Poder Judicial. Acordó terminar noviembre y tomar vacaciones en diciembre previo a su salida.

El jueves 12 acudió a otra reunión con Carmona y Brahm donde le entregaron un documento tipo finiquito. En el Pleno habían decidido que dejara de asistir el resto del mes y para ello le pedían firmar una “constancia de término de funciones” que en el punto tres la hacía renunciar a “cualquier derecho, acción o reclamo que eventualmente tuviere o pudiere corresponderme en contra del tribunal, en relación directa o indirecta con los servicios prestados o con su terminación”. Días más tarde se enteró que el Pleno habría condicionado la aprobación de su renuncia si descartaba toda clase de acciones legales.

Agencia UNO
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La situación escaló a tal punto que su salud empeoró, volvió a presentar licencia y en sus últimos días ni siquiera le permitieron ingresar al tribunal a regar sus plantas, ni que la secretaria retirara carpetas y minutas para entregarlas a los otros relatores.

Por esa razón pidió en su demanda que se declarara que el TC había lesionado sus derechos fundamentales, una carta de disculpas públicas, una carta de recomendación y una indemnización de 200 millones de pesos por daño moral.

Eso sí, su caso fue archivado tras un acuerdo entre las partes en enero de 2017. En la etapa previa, la defensa del TC -a cargo del Consejo de Defensa del Estado (CDE)- se escudó en que Molina no podía aludir a hechos anteriores a 60 días desde interpuesta la demanda y, por lo tanto, los hechos ya no eran demandables. Asimismo, además de negar los hechos, señaló que de todos modos no se pueden considerar una vulneración de derechos fundamentales.

Por cierto, ella y otra relatora, Carmen Gloria Valladares, luego de desempeñarse en el Tribunal Constitucional volvieron a trabajar en su anterior lugar de trabajo: el Poder Judicial.

Ironía Suprema

En tanto, el caso de Pilar Arellano sigue en marcha. Actualmente lo está tramitando un ministro de fuero de la Corte de Santiago, luego que en octubre el tribunal de alzada determinara -a petición del CDE- la incompetencia del Segundo Juzgado del Trabajo porque involucra a miembros del TC.

De este modo, será este ministro quien decida si el Código Laboral se aplica o no a este caso, ya que los funcionarios públicos se rigen por estatutos internos que no contemplan expresamente normas de protección de derechos fundamentales.

Aunque la medida sorprendió a la defensa de Arellano. “Llama la atención que ellos hayan requerido que resuelva esta causa un ministro de fuero, porque no tiene sentido el que ellos quieran proteger a Pilar Arellano -quien los demanda- y menos, que ellos quieran protegerse de ella, que es la parte más débil”, aseguró el abogado demandante, Diego López.

En este caso, el TC insiste en que la relación contractual no está regida por el Código del Trabajo y niega que haya sido objeto de vulneración de garantías constitucionales y/o trato discriminatorio por parte de los ministros u otras autoridades del Tribunal Constitucional.

Casualmente, una disputa por ese mismo asunto fue la que generó tensión entre la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional. Previo al estallido social, ambas instituciones protagonizaron una bullada pugna a propósito de un pronunciamiento de la Tercera Sala del máximo tribunal sobre un recurso de protección presentado por la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (Asemuch), el cual buscaba impugnar la sentencia en la que el TC declaró inaplicables las normas de tutela laboral respecto de empleados del Estado.

Si bien rechazó la acción judicial, el fallo dio a entender que la Suprema puede actuar como última instancia y revisar recursos de protección respecto de sentencias del TC, cuya atribución este último organismo defiende como propia.

En medio de la disputa, María Luisa Brahm acusó intenciones de algunos supremos de “rediseñar el esquema de competencias constitucionales” e insistió en que velar por la constitucionalidad de las leyes y decretos es una labor exclusiva del TC, ya que son un órgano del Estado autónomo creado para dicha función.

Sin embargo, por un carril separado, el tribunal sigue enfrentando objeciones directas por incumplimiento de los derechos fundamentales de Arellano. Y si logra un resultado favorable en primera instancia, se aplicará la normativa laboral vigente que afectaría a cualquier persona natural contratada bajo el Código del Trabajo.

El caso podría seguir escalando a instancias superiores, por ejemplo, mediante un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones. E irónicamente, de no ser aceptado, el caso podría llegar a manos de la propia Corte Suprema. Por supuesto, a no ser que antes las partes lleguen a buen puerto y logren un acuerdo.

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