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Claudio Boisier, administrador municipal de Viña del Mar y brazo derecho de la alcaldesa Virginia Reginato, se recomendó a sí mismo una cuestionada licitación para el equipamiento del Teatro Municipal, el que tenía un grave error aritmético.
El cálculo errado podría derivar en que el municipio viñamarino termine pagando 700 millones de pesos extra. Este es un nuevo dolor de cabeza para la casa edilicia, tras el fracaso en la obra gruesa del mismo proyecto. Los detalles los revela BioBioChile.
El 25 de agosto de 2019 la Municipalidad de Viña del Mar entregó su veredicto: las empresas VGL SpA y Equipamientos escénicos e iluminación Arsenio Hernán González Leiva Eirl se habían adjudicado la licitación para proveer al Teatro Municipal de la ciudad jardín -por poco más de 1.400 millones de pesos– sistemas de audio, iluminación y tramoya.
La idea era dotar de todo lo necesario al recinto cultural que estaba siendo remozado completamente y cuya obra gruesa estaba a cargo de Puerto Principal. Esos trabajos, sin embargo, fracasaron y la municipalidad debió poner término anticipado al contrato, al detectarse irregularidades en los sueldos a trabajadores y pago a proveedores.
El teatro quedó con un 91% de avance, pero ahora se suma un nuevo dolor de cabeza para la administración presidida por Reginato: la licitación de equipamiento.
El proceso comenzó sin sobresaltos el 6 de julio de este año, pero terminó con graves irregularidades e incongruencias que son reveladas por BioBioChile, tras una demanda en contra de la casa edilicia presentada por Chemtrol Chile, firma participante.
Según la acción judicial, la municipalidad viñamarina adjudicó la licitación a las empresas mencionadas pese a que una de ellas no entregó ni siquiera su RUT en la documentación administrativa correspondiente y no se calculó apropiadamente el costo final del proyecto, el que llegará a los 2.100 millones de pesos (ver archivo adjunto).
Es decir, la casa edilicia aceptó en el papel una propuesta inferior, por $1.400 millones, pero -de mantener su decisión- terminará pagando casi $700 millones adicionales. Un error aritmético que significa el pago de un 33% más del monto estipulado.
Y no sólo eso, pues quien firmó el informe técnico de evaluación de la licitación corresponde al administrador municipal Claudio Boisier Troncoso, la misma persona que visó el decreto de adjudicación, esta vez en calidad de alcalde subrogante.
Puesto en simple, el funcionario se recomendó a sí mismo una oferta irregular.
Boisier es el brazo derecho de Reginato. La alcaldesa lo convocó en medio de la crisis desatada por el déficit de casi 17 mil millones de pesos destapados por Contraloría, pasando de ser gerente de la Corporación Municipal a administrador. Es decir, el segundo al mando del municipio.
Algo no cuadra
La demanda de Chemtrol Chile en contra de la municipalidad es dura. En concreto, denuncian que la comisión evaluadora adjudicó la licitación a ambas empresas pese a los graves errores de cálculo ya señalados.
“El precio ofertado por VGL de $1.400.661.919 (IVA incluido) es en realidad de $2.094.108.006 (IVA incluido)”, consigna el libelo.
Dicho de otro modo -y según la acción judicial-, la Municipalidad de Viña del Mar terminará pagando $693.446.087 más en relación al precio ofertado.
El error no llamó la atención de la comisión, pues -de acuerdo a las bases- pueden admitir las ofertas que presenten “defectos de forma, omisión o errores menores o simplemente aritméticos”.
Sin embargo, éstos no pueden ser cuestiones de fondo ni su corrección debe alterar los principios de estricta sujeción de las bases.
Por ello, se ingresó un reclamo ante la instancia, dando cuenta de que los cálculos estaban mal hechos.
¿La respuesta? “La empresa VGL SpA en unión temporal con Equipamientos escénicos e iluminación Arsenio Hernán González Leiva Eirl., presenta errores aritméticos (…) que no afectan la oferta”.
En otras palabras, la administración local estaba en conocimiento de los errores y la comisión incluso los reconoció, pero procedió de todos modos a la adjudicación.
“En una licitación del calibre que tiene ésta y además lo emblemático que tiene la obra, que alguien haya presentado mal la oferta económica y con una diferencia de tantos cientos de millones de pesos y que la comisión evaluadora, dándose cuenta de los errores, diga que eso no es sustancial, realmente no tiene pies ni cabeza”, fustigó el abogado de Chemtrol, Eduardo Harcha.
Todas estas anomalías redundan en una interrogante: ¿De dónde sacará la municipalidad los recursos para costear el resto del proyecto? Ello adquiere notoriedad si se considera que la casa edilicia sólo acreditó la disponibilidad de unos $1.500 millones para la ejecución. De éstos, $816 millones corresponden a fondos de la Subsecretaría de Desarrollo Regional (Subdere) y poco más de $685 de la administración local.
Coincidencias
La demanda levanta suspicacias respecto de la actuación del administrador municipal de Viña del Mar, Claudio Boisier Troncoso, quien firmó el informe técnico de evaluación y luego -en su calidad de alcalde subrogante- dio luz verde a la adjudicación.
En otras palabras, el funcionario se recomendó a sí mismo una oferta irregular, lo que “le quita absolutamente toda la transparencia” al proceso, añadió el abogado Harcha.
“Es grave, porque no puedes actuar como juez y parte. (…) No existe ningún filtro, ningún sesgo para mediar y decir ‘oye, mira, se cometieron tales errores en la oferta económica’. Eso ya de por sí es una irregularidad grave”.
- Eduardo Harcha, abogado de Chemtrol Chile
A esto se suma otro aspecto que también llamó la atención de Chemtrol Chile, tras quedar fuera de la licitación: la carta Gantt del proyecto ganador tenía estipulado firmar el contrato con el municipio seis semanas antes de la notificación de la adjudicación.
En efecto, se denunció que la fecha estimada de adjudicación era el 27 de septiembre de 2019, pero las empresas ganadoras tenían estipulada la firma del contrato el 19 de agosto de 2019.
“Llama vivamente la atención el hecho de que la carta GANTT presentada por VGL SpA indica que la fecha de firma del contrato sería el 19 de agosto de 2019 con lo cual aparece como una notable coincidencia, en razón a que la fecha estimada de adjudicación era el 27 de septiembre de 2019”.
- Extracto de demanda
Otro de los puntos de la acusación se basan en que para dejar fuera a Chemtrol Chile, la comisión evaluadora indicó que no entregó el Informe Empresarial Equifax, para indicar grado de riesgo, fraude y morosidad.
“Estas menciones no se ajustan a la verdad. Mi representada cumplió con allegar el Informe Empresarial Equifax de Chemtrol Chile Ltda. y que se encuentra subido en la plataforma de licitación”, respondió la empresa en su demanda.
Además, acusan que Equipamientos escénicos e iluminación Arsenio Hernán González Leiva Eirl, una de las ganadoras no presentó documentación económica ni administrativa. Incluso, señalan que ni siquiera incluyeron su RUT.
Impugnación
Todos estos antecedentes fueron enviados por Chemtrol Chile al Tribunal de Contratación Pública, donde su tramitación se mantiene abierta.
En concreto, solicitan declarar ilegal y/o arbitrario el informe de la comisión evaluadora “por no haberse aplicado los criterios establecidos en la base de licitación y principios generales de la contratación pública”.
Asimismo, se pide dejar nulo el decreto alcaldicio “por fundamentar su resolución en una evaluación contraria a derecho” y retrotraer el proceso a la etapa de evaluación de las ofertas.
Finalmente, solicitaron la suspensión del procedimiento administrativo de la licitación pública como medida cautelar “a fin de evitar que se produzcan efectos tales, cuyo resarcimiento no sea posible o cuyo costo sea tan elevado para la
demandada como para la comunidad, que no cabe más prudencia y cautela que la de suspender la licitación”.
Ante la acusación, el tribunal solicitó a la alcaldesa Reginato un informe en el que deberá aportar todos los documentos y elementos de información sobre el asunto que ha motivado la acción.
Además de lo anterior, deberá informar si existe algún reclamo efectuado por la parte demandante en contra del acto administrativo impugnado y, en caso positivo, la fecha de dicho reclamo y si éste fue respondido, la fecha de publicación o notificación de la respuesta, debiendo acompañar el texto de dicho reclamo y su respuesta definitiva.
Y, en tercer lugar, la administración de Reginato deberá referirse a la solicitud de suspensión del procedimiento licitatorio.