La Corte de Apelaciones de Arica rechazó un recurso de amparo y autorizó el traslado de imputados integrantes del Tren de Aragua al Penal del Bío Bío.
En fallo unánime, los miembros de la Segunda Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso con el que la defensa de los acusados buscaba revertir la resolución adoptada por la Dirección Regional de Gendarmería sobre el traslado a la cárcel de alta seguridad de la región del Bío Bío.
Los magistrados María Verónica Quiroz, Marcos Flores y Juana Ríos rechazaron el recurso argumentando que la decisión de traslado fue refrendada por un juez previa solicitud de la autoridad penitenciaria.
“El Decreto Ley Nº 2.859, Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, en su artículo 3º, radica en dicha institución la facultad de dirección de los establecimientos penales y el resguardo de la seguridad de los internos. Por su parte, el artículo 6° del mismo cuerpo legal, que establece las obligaciones y atribuciones del Director Nacional, en su numeral 12 dispone: ‘Determinar los establecimientos en que los condenados cumplirán sus penas y disponer los traslados de ellos de acuerdo con la reglamentación vigente’”, dice la resolución.
En la instancia también se descartó la vulneración de derechos y se precisó en cuanto al arraigo que “los imputados tienen una situación migratoria irregular en el país y que ninguno de ellos demostró fehacientemente relaciones de tipo social o familiar”, se añade.
Argumentan que la decisión del traslado se fundamenta en “mantener y resguardar la seguridad de los demás privados de libertad, de los propios recurrentes y de los funcionarios”.