En marzo de 2018 la vida de Pablo Gálvez tomó un giro radical, cuando, sin previa sospecha, le comunicaron que padecía cáncer. El mundo se le cayó a los pies con esa palabra tan asociada a la muerte.
La situación era grave, tal como le indicaron los médicos del Hospital Militar de Santiago (HMS u HOSMIL), al que el castrense en retiro acudió por una fiebre, que junto a otros detalles, derivó en la realización una biopsia que confirmó que tenía un cáncer con ramificaciones en el hígado y que se le iba a derivar con un especialista en oncología.
A finales de marzo se le implantó un catéter para su primera sesión de quimioterapia, a la que le siguieron dos más. Las consecuencias físicas fueron inmediatamente devastadoras, pero el golpe más fuerte fue a nivel emocional.
La familia de Pablo, compuesta por su mujer y sus dos hijos, estuvo alrededor de cuatro meses enfrentando aquel diagnóstico hasta que el 11 de junio de 2018 una de las doctoras a cargo de su caso le informó que no habría más sesiones de quimioterapia ya que no había cáncer y nunca lo hubo. Se había cometido un error. La felicidad y la angustia se mezclaron en un periodo agridulce.
A siete años de los hechos, la Corte Suprema le dio el cierre que necesitaba, al conceder que el Hospital Militar cayó en una deficiencia al equivocarse en el diagnóstico y darle un tratamiento erróneo, situaciones que llevaron a los integrantes de la familia a sufrir serio daño emocional, con consecuencias que se mantienen hasta el día de hoy.
Es por ello que el tribunal ordenó al fisco pagar por concepto de daño moral $40 millones a Pablo, $20 millones a su mujer y $10 millones a uno de sus hijos.
La carta
Una de las principales pruebas correspondió a una carta de respuesta enviada a Pablo por parte de la dirección del Hospital Militar en la que se dio cuenta de una investigación interna y se detalló la cronología de los hechos, posterior a una reunión junto a su abogado y miembros del centro.
En aquel documento se indicó que Pablo, de 53 años, ingresó el 1 de diciembre del 2017 por un cuadro de dolor abdominal, fiebre e ictericia (piel amarilla), compatible con colecistitis aguda y probable colangitis. Tras confirmar la sospecha, se le realizó una colecistectomía, o sea, el retiro de su vesícula biliar.
En un siguiente estudio se observaron en el hígado múltiples nódulos de hasta 5mm y se tomó muestra de uno de ellos para biopsia. El 9 de febrero los resultados se presentaron al Comité Oncológico y, tras otros exámenes, el 2 de marzo se concluyó que se trataba de un colangiocarcinoma intrahepático de mediana agresividad, o sea, cáncer de hígado.
La confirmación diagnóstica se le comunicó a Pablo, y una oncóloga decidió que correspondía iniciar el tratamiento de quimioterapia, realizando la primera sesión el 28 de marzo, la segunda el 18 de abril y la tercera el 10 de mayo.
El 1 de junio, habiéndose cumplido tres ciclos del tratamiento, la oncóloga le presentó el caso nuevamente al Comité Oncológico, en el que uno de los cirujanos confirmó que macroscópicamente las lesiones eran a nivel subcapsular y menores a 0,5 cm, antecedente utilizado para revisar la biopsia por haber mérito de un diagnóstico diferencial.
De tal manera, un tercer médico procedió a revisar el informe de biopsia hecho en diciembre de 2017 y se dio cuenta de que las lesiones eran atribuibles a la enfermedad de Von Meyenburg o hamartomatosis biliar múltiple, condición con apariencia similar al primer diagnóstico, pero de menor gravedad.
Así, se suspendió la quimioterapia y el 11 de junio le indicaron a Pablo acerca de la benignidad de la enfermedad, que no era un cáncer.
“Existe por lo tanto una primera diferencia diagnóstica en el análisis microscópico del nódulo hepático, entre el informe inicial de un patólogo y el cambio en el informe después de la rescisión hecha por el patólogo Jefe. Esta diferencia debe entenderse que está dentro de la mecánica del trabajo del Servicio, que se encamina precisamente a un autocontrol del quehacer técnico de sus resultados, los que pueden tener diferencias como todo lo que hace el ser humano a través de sus sentidos”, se lee en el documento.
Más que las quimioterapias
Desde la primera sesión de quimioterapia, el cuerpo de Pablo comenzó a sentir las consecuencias. Mientras paseaba por los departamentos que administraba sentía su cuerpo destrozado, con caída de pelo, poca retención del esfínter y desmayos.
La afección física se sumaba a la angustia que él y su familia vivían, con su mujer, quien trabajaba en el mismo hospital que lo trataba, escuchando día a día frases como “disfruta sus últimos días” y su hijo tolerando con mucha dificultad la situación.
Así lo demostró un peritaje psiquiátrico forense, que fue esencial para comprobar el daño moral ejercido por la negligencia del hospital. De acuerdo a aquel informe, la situación le dejó a Pablo un “estrés postraumático cronificado y un estado depresivo ansioso de carácter severo, el que, conforme al informe de psiquiátrico se encuentra avanzado a su remisión”.
Respecto a su mujer, el diagnóstico fue de una “Reacción Aguda al Estrés que derivó en un Trastorno de Adaptación de carácter mixto, esto es ansioso depresivo, también en remisión”. Y vinculado al hijo, un trastorno de la personalidad “borderline” con poliadición, severamente incrementada por el diagnóstico de su padre y que incluso motivó una internación psiquiátrica.
De acuerdo a lo comentado a Radio Bío Bío por parte del abogado José Luis Herrera García, representante de los demandantes, el fallo de la Corte Suprema le otorgó un alivio a la familia, quienes llevaban años en un proceso que les había cerrado la puerta en dos ocasiones: “Por fin se terminó”.