La Corte Suprema destituyó este jueves a Reynaldo Oliva Lagos, ministro de la Corte de Apelaciones de Arica investigado en una trama de abuso sexual mientras se desempeñó como religioso en Concepción. Las razones se enmarcan en que fue juez y diácono al mismo tiempo, lo que es incompatible para el Poder Judicial.
La resolución hace alusión al reportaje publicado por BBCL Investiga en julio de este año, momento en el que la Corte Suprema se enteró que Oliva tuvo una vida canónica desde 2012. Fue el entonces arzobispo Fernando Chomalí quien lo convirtió en diácono permanente del Arzobispado de Concepción y adicionalmente, el primer célibe. En paralelo, tenía su trabajo como juez del Tribunal Oral en lo Penal de la misma ciudad.
Pese a que fue restringido de su diaconado al año siguiente tras haber sido acusado por abuso sexual contra menores de edad, el escrito del máximo tribunal del país especifica que “sólo se le dispensó de sus obligaciones, pero no de sus derechos”. O sea, en estricto rigor, Oliva Lagos nunca dejó de pertenecer a la Iglesia católica.
Así las cosas, la Suprema notificó que “se encuentra afecto a la causal de impedimento y expiración del cargo de juez”. Esto, porque según su código interno, cuando se reciben órdenes eclesiásticas mayores, el cargo de magistrado expira.
Aunque en todo el documento no se toca el tenor de los abusos, se está a la espera de la resolución del Pleno de la Corte de Apelaciones de Arica, donde se analizará la investigación disciplinaria en contra de Oliva por estos hechos. En esta, según comentan fuentes de BBCL Investiga, se detectaron “conductas inmorales” por parte del ministro, por lo que el fiscal judicial solicitó la suspensión por cuatro meses de sus funciones. El tribunal de alzada deberá zanjar si solicita a la Corte Suprema la apertura de un cuaderno de remoción en esta arista.
Sin liberarse del sacramento
Reynaldo Oliva Lagos alcanzó a servir un año y cuatro meses en la Iglesia. En agosto de 2012 Fernando Chomalí lo presentó como el primer diácono célibe en la catedral penquista. Y en diciembre de 2013 envió un escrito para restringirlo y prohibirle que se acercara a cualquier menor de edad.
La decisión la tomó porque una madre lo acusó de mantener “conversaciones eróticas y subidas de tono” con su hijo de 12 años. En ese entonces el propio Oliva envió una carta al papa Francisco para pedir su “reducción del estado laical” y argumentó que sus tiempos de abogado y diácono eran incompatibles.
Pero la incompatibilidad era otra.
Según el Poder Judicial, no se puede tener órdenes mayores eclesiásticas y mantener el cargo de juez.
Pese a esto, en agosto de 2023 Reynaldo Oliva ascendió y se convirtió en ministro de la Corte Suprema. Bajo su currículum no sólo cargaba una incompatibilidad, también una indagatoria en la Fiscalía Metropolitana Centro Norte por el delito de abuso sexual. Con todo eso, figuró como el nuevo rostro en el norte y tramitó causas sin problemas en diferentes causas, incluidas de delitos sexuales. Hasta julio de 2024.
El fallo enviado por la Corte Suprema durante este jueves detalla que a raíz del reportaje de BBCL Investiga se enteraron que el ministro tuvo un pasado canónico. ¿El problema? Según lo dispuesto en el artículo 332 del Código Orgánico de Tribunales, “el cargo de juez expira por la recepción de órdenes eclesiásticas mayores”. Y el diaconado es una de esas.
Reynaldo envió un informe explicando que él ya no pertenecía a la Iglesia porque en 2014 le aceptaron que dejara de ser diácono y ahora debía se “considerado como un laico común y corriente”.
El Arzobispado de Concepción tuvo que enviar una certificación en octubre de este año, pronunciada por el propio papa Francisco, “en donde se concede la dispensa de las obligaciones que impone el diaconado al señor Oliva Lagos y, al mismo tiempo, se le dispensa del celibato”.
En efecto, esa dispensa solo lo exime de una obligación, pero “no lo libera del sacramento recibido“.
Cese de funciones
“No consta que respecto del señor Oliva Lagos haya operado alguna de las causales que ponen término a su condición de diácono, pues del tenor literal del rescripto sólo se le dispensó de sus obligaciones, pero no de sus derechos, por lo que el oficio de diácono se mantiene vigente en su persona”, aclara el escrito.
En términos más simples, la Corte Suprema puntualizó que “el aludido ministro se encuentra afecto a la causal de impedimento y expiración del cargo de juez”. Esto de debe también a que ambos cargos empañan la independencia del ejercicio jurisdiccional.
Con todo esto, la Corte Suprema declaró el cese de funciones para Oliva como ministro de la Corte de Apelaciones de Arica.
“En consecuencia, la recepción anterior de dicha orden ha producido la expiración del cargo de juez del Sr. Oliva, sin que ella haya podido retrotraerse ni anularse por la dispensa posterior del estado clerical”, rematan.
Se desconoce si el magistrado apelará a la resolución para aferrarse a su carrera judicial.
En conjunto con esta resolución, la Corte de Apelaciones de Arica realizó una investigación disciplinaria durante tres meses. Según fuentes de BBCL Investiga, la investigación —calificada como “robusta” por quienes conocieron de cerca el proceso— descubrió “conductas inmorales” de su parte.