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Comisión de Ética Judicial: ministra Vivanco pide anular actuaciones e inhabilitar jueces de Suprema

Miércoles 17 julio de 2024 | 06:00

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Archivo | Agencia UNO

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La ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, presentó un escrito de 6 páginas solicitando la nulidad de todas las actuaciones realizadas por la Comisión de Ética del máximo tribunal antes del 9 de julio de 2024, acusando a sus pares de actuar fuera de la legalidad. Argumenta que se realizaron diligencias investigativas de manera irregular y sin debida notificación, vulnerando normas del Código de Procedimiento Civil y del Acta N° 262-2007 sobre Principios de Ética Judicial. Además, solicita la inhabilidad del Presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, y la ministra Andrea Muñoz, por haber emitido dictámenes previos en el caso ético en cuestión, lo que comprometería su imparcialidad.

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La ministra Ángela Vivanco está solicitando la anulación de todas las actuaciones realizadas antes del 9 de julio de 2024, fecha en que se dictó la resolución inicial de la investigación en su contra por parte de la Comisión de Ética de la Corte Suprema. Argumenta que las notificaciones fueron irregulares y no informaron adecuadamente sobre el objeto y alcance de la investigación. "Se han infringido las normas sobre el inicio del procedimiento y la notificación a los investigados". Además, la magistrada pidió la inhabilidad del presidente de la Corte Suprema y de la ministra Andrea Muñoz de la misma comisión.

Lunes 15 de julio, 18:20 de la tarde. Ese fue el día y hora en que la ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, presentó un escrito de 6 páginas solicitando la nulidad de todas las actuaciones realizadas en el marco del procedimiento de la Comisión de Ética del máximo tribunal (rol N° 01-2024), que se ejecutaron antes del 9 de julio de 2024.

Recordemos que la jueza se sumó a la lista de ministros que debían comparecer ante la Comisión de Ética, junto con Jean Pierre Matus, Mario Carroza y María Teresa Letelier, después de que Ciper informó el 15 de junio que la pareja de Vivanco, Gonzalo Migueles, presuntamente ofreció a un candidato a fiscal nacional un “doctorado” y la dirección de la “Fiscalía Metropolitana Centro Norte”, además de realizar lobby en la designación del Conservador de Viña del Mar.

Todos estos detalles habrían sido comunicados a través del WhatsApp del abogado Luis Hermosilla.

Es por esto que en su escrito presentado a la Comisión y que tuvo acceso la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío, Vivanco argumenta que se realizaron diligencias investigativas de manera irregular y sin la debida notificación, lo que contraviene los principios establecidos en el Acta N° 262-2007 sobre Principios de Ética Judicial.

Es decir, acusa a sus pares del máximo tribunal de justicia chileno de actuar fuera de la legalidad.

“Irregular”

Según la ministra, “se han realizado actuaciones o diligencias investigativas durante la última semana de junio y la primera semana de julio de 2024”, antes de que se dictara la resolución inicial del procedimiento el 9 de julio de 2024 y se le notificara el 10 de julio de 2024. Esta situación, según Vivanco, vulnera el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, que establece un plazo legal de cinco días para solicitar la nulidad.

Vivanco señala que la notificación del inicio del procedimiento fue realizada de manera irregular y no cumplió con los requisitos mínimos de informar adecuadamente sobre el objeto de la investigación ni sobre el ámbito temporal, especial y/o material de la misma. En su escrito, subraya que “la notificación del inicio del procedimiento no ha informado a la investigada sobre el objeto de la investigación, ni sobre el ámbito temporal, especial y/o material de la misma, ni se ha entregado copia de la resolución de esta Comisión en ella mencionada, de fecha 9 de julio de 2024”.

Además, la ministra mencionó que, según informaciones de medios de comunicación, la Comisión de Ética habría solicitado al Ministerio Público copias de conversaciones de WhatsApp del abogado Luis Hermosilla durante el mes de junio de 2024, antes de la fecha de inicio del procedimiento.

Esta solicitud habría sido denegada por el fiscal nacional mediante un oficio remitido el 3 de julio de 2024. “La Comisión de Ética de la Excma. Corte Suprema -a través del Sr. Presidente de la Corte- habría solicitado al Ministerio Público durante el mes de junio de 2024, copias de conversaciones de WhatsApp del abogado Sr. Luis Hermosilla, para efectos de la presente indagatoria. Y que el Sr. fiscal nacional habría negado el acceso a dichos documentos, mediante oficio remitido el 03 de julio 2024”.

Vivanco argumenta que las normas procedimentales establecidas deben ser respetadas rigurosamente, ya que garantizan el debido proceso y la igualdad ante la ley. En su escrito, cita que “el artículo 15° del Acta N° 262-2007 establece que los casos se iniciarán en la Comisión, por derivación del pleno o derivación de la oficina de reclamaciones, y en casos urgentes, podrá iniciarse de oficio una causa”.

Además, señala que el artículo 14° del mismo acta requiere que, una vez iniciada una causa, la Comisión debe poner en conocimiento inmediato al ministro o fiscal afectado sobre el inicio del procedimiento en su contra. “La Comisión de Ética conocerá de las conductas de Ministros y Fiscales Judiciales de esta Corte Suprema que puedan importar una contravención a la ética judicial o que sean reñidas con la probidad y la moral, y desempeñará su labor con miras a su prevención, control y corrección”.

En este contexto, Vivanco sostiene que la falta de notificación adecuada le impidió conocer los detalles específicos de la investigación, lo que afectó su derecho a una defensa justa. “Uno de los principios fundamentales del debido proceso es el derecho del investigado de conocer por qué hechos se realiza la indagatoria en su contra. La doctrina ha destacado que, en toda investigación, el inculpado tiene derecho a ser informado del objeto de la investigación, así como del ámbito temporal, espacial y/o material específico en que habrían ocurrido los hechos”.

Vivanco enfatiza que todas las actuaciones realizadas antes del 9 de julio de 2024 son nulas, ya que no se cumplieron los procedimientos adecuados. “No es posible realizar diligencias antes de que se dicte la resolución inicial del procedimiento y que se notifique a los investigados sobre el inicio de la indagatoria”.

Finalmente, la ministra solicita a la Comisión de Ética que se retrotraigan los autos al estado de notificación adecuada del inicio del procedimiento, cumpliendo con los requisitos legales. “Solicito tener por interpuesto incidente de nulidad de todo lo obrado, acogerlo a tramitación y en definitiva, acogerlo íntegramente, procediendo a anular todo lo obrado en autos -en especial todas las diligencias o actuaciones realizadas con anterioridad al 09 de julio 2024, fecha en que se dictó la resolución inicial de los autos roles 1-2024 de la Comisión de Ética- y retrotrayendo los autos al estado de notificar nuevamente sobre el inicio de la investigación, a esta investigada, como en Derecho corresponde”.

Según la Ministra, se deben respetar los procedimientos establecidos y las garantías del debido proceso, especialmente en el ámbito de la ética judicial. “En todo procedimiento -tanto administrativo, disciplinario, ético o judicial- es fundamental respetar las normas procedimentales, toda vez que estas son la garantía del cumplimiento de la igualdad ante la ley”.

Inhabilidad Blanco y Muñoz

Pero no fue el único documento que ingresó la ministra en cuestión. También ingresó el lunes 15 de julio a las 18:24 horas, un escrito donde Ángela Vivanco ha interpuesto un incidente solicitando la inhabilidad del presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, así como también de la ministra Andrea Muñoz. La solicitud se basa en el hecho de que ambos ministros emitieron dictámenes previos sobre el caso ético en cuestión, lo cual, según el artículo 196 del Código Orgánico de Tribunales, los inhabilita para conocer del mismo, sostiene en el documento de 11 páginas.

Vivanco argumenta que la imparcialidad judicial es crucial para garantizar un proceso justo y equitativo, y que la emisión de dictámenes previos compromete esta imparcialidad. Además, invoca el Código Iberoamericano de Ética Judicial, que prohíbe a los jueces manifestar cualquier predisposición o favoritismo hacia las partes involucradas en un caso.

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