La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección que presentó Radio Bío Bío en contra del juez de Garantía Suplente de San Pedro de la Paz, Juan Esteban Muñoz, quien prohibió informar los nombres de empresarios imputados por estafas relacionadas al robo de madera.
Con esta medida se deja sin efecto lo que dictó en tribunales el pasado 27 de septiembre de 2022, donde vulneró la libertad de emitir opinión e informar y el libre ejercicio del periodismo.
Lo anterior ocurrió en la audiencia de formalización de los exejecutivos de Innovaciones Forestales, Eduardo Ugarte Ronzier y Renato Pinto Delgado, acusados de montar una cadena de comercialización de madera, con lo que se realizó un fraude por cinco mil millones de pesos a su propia empresa, factorings y al fisco.
En dicha instancia, el pasado 27 de septiembre, la fiscal, Marcela Barahona, formuló cargos por estafa, apropiación indebida y falsificación de instrumento privado contra Ugarte.
Juez Juan Esteban Muñoz, vulneró la libertad de informar
En la audiencia, el juez prohibió informar los nombres y difundir los rostros de Eduardo Ugarte Ronzier y Renato Pinto Delgado, pese a que estos son investigados por al menos media docena de causas.
“No se podrán mostrar imágenes del rostro, lo que este tribunal agrega no se pueda exponer el nombre, sólo las iniciales de las personas que están siendo imputadas”, dijo el juez.
Lo anterior, sin que ningún abogado defensor ni querellante lo solicitara.
Ante dicha medida, el periodista de Radio Bío Bío, Fabián Polanco, le indicó al juez que los nombres de los acusados han sido informados por meses, a lo que Muñoz, en respuesta, ordenó silenciar el micrófono del profesional.
Corte de Apelaciones falla a favor de Radio Bío Bío
Tras la vulneración al artículo 19 N° 12 de la Constitución Política de la República y del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que garantizan la libertad de expresión y ejercicio del periodismo, Radio Bío Bío presentó un recurso de protección, el que acogió la Corte de Apelaciones.
Este 17 de noviembre el tribunal de alzada emitió un fallo a favor de la acción legal presentada por La Radio, donde se confirmó el actuar ilegal del juez.
“La cuestionada decisión judicial no sólo vulnera flagrantemente el mandato constitucional ya citado, previsto en el artículo 19 N° 12, que prohíbe la censura previa, al establecer el magistrado recurrido a priori una prohibición para que los medios de comunicación puedan divulgar determinada información, lo que desde luego amerita declarar la ilegalidad del actuar del referido juez, sino que su ilegalidad también se produce al infringir la Ley N° 19.733, Sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, que también impide la censura previa a los medios de comunicación social”, enfatiza el fallo.
La acción del juez no solo fue ilegal y arbitraria, sino que excedió todos los parámetros legales consignados en el recurso.
El juez tiene un plazo de 5 días para apelar al fallo, esto es hasta el miércoles 23 de noviembre.