El detective Leonel Contreras, único imputado en el caso de la subinspectora Valeria Vivanco, fue notificado este lunes de su “separación” de la Policía de Investigaciones (PDI), tras concluir el sumario administrativo realizado por la institución policial.
“Sanciónese al detective Leonel Contreras Canales (…), de dotación de la Brigada de Homicidios Metropolitana, con la medida disciplinaria de ‘separación’, por no haber adoptado las medidas de resguardo necesarias en el desempeño de sus labores habituales”, señala el documento de notificación al que tuvo acceso la Unidad de Investigación de la Radio Bío Bío.
Las faltas imputadas al suspendido detective, por el momento, se dieron en el marco de un procedimiento policial desarrollado el pasado 13 de junio de 2021, en la comuna de La Granja, al controlar a un vehículo que era objetivo de investigación por estar involucrado en el homicidio de una mujer en Puente Alto.
En concreto, el documento detalla una serie de faltas que el detective Contreras habría realizado en dicho procedimiento policial, como, por ejemplo, no usar su chaleco antibalas al momento de descender del automóvil para realizar el respectivo control al vehículo objeto de investigación.
Además, se le sanciona por “indicar que no utilizó su arma de servicio marca Jericho (…) en el procedimiento en cuestión, mientras era parte de la tripulación del vehículo policial (…) donde resultó fallecida la subinspectora Valeria Vivanco Caru”.
Lo anterior, señala el documento, contrasta con un peritaje de junio de 2021, de la sección de Microanálisis, que arrojó “positivo” detectando la presencia de “partículas características de residuos de disparo de armas de fuego (…) en las muestras tomadas desde ambas anos del detective Leonel Contreras Canales”.
Asimismo, detalla el texto, el informe pericial balístico del Laboratorio de Criminalística Central señala que la bala levantada desde el sitio del suceso “corresponde al arma de servicio de cargo del referido detective”.
A lo anterior se suma, también, otro informe pericial de la sección de Bioquímica que realizó una “muestra de barrido” al mismo proyectil, levantado desde calle Santo Tomás, “contrastando el material genético encontrado en dicha evidencia, con el aportado mediante hisopado bucal de la subinspectora Valeria Vivanco Caru”.
Dicho informe pericial “concluyó que el material genético es un trillón setecientos treinta y seis mil seiscientos treinta y cuatro billones quinientos dos mil ochenta y siete millones ochocientos cincuenta mil de veces más probable observar las huellas genéticas descritas en el material genético apostado por Valeria Vivanco Caru, que si provienen de un individuo al azar de la población”. Todo esto, según el documento, da pie a una serie de faltas que infringen la normativa interna de la institución.
Críticas familiares
Desde la familia de Leonel Contreras existen reparos del sumario administrativo. La Unidad de Investigación de Radio Bío Bío se contactó con la madre del imputado, Brígida Canales, la que indicó que la resolución de la PDI los tomó por sorpresa: “Es un balde de agua fría y pensamos que esta determinación la iban a tomar una vez que tuvieran los resultados del juicio en el cual estamos en curso”.
Explicó, además, que para ellos no es “correcto que hayan tomado esta determinación puesto que todavía mi hijo está en calidad de inocente hasta que se demuestre lo contrario por un tribunal competente. Por lo tanto ya la PDI lo enjuició y lo condenó al desvincularlo sin tener la investigación ni el juicio que lo indique como que él es el culpable”.
Para la familia lo que está sucediendo es “bastante injusto. Considerando que actualmente se encuentra un video que desbarata toda la constitución de escena y que también estamos trabajando en diligencias para comprobar y realmente ver la veracidad de esos informes que supuestamente son inculpatorios”.
Sobre los cargos que le imputa la PDI, la madre explica que uno es “no usar el chaleco antibalas y a él nunca le dieron un chaleco antibalas y eso consta en la documentación que tiene cada funcionario a cargo”. Además explica que “él falta a la probidad porque el dice que no disparó en donde ellos dicen que sí disparó de acuerdo al informe pericial segundo, informe que no tiene fotografías a comparar y donde más encima dicen que la capacidad de carga de la pistola es de 16 tiros y el fabricante de las armas Jericho, el catálogo dice que es 16. Mi hijo entregó 16 balas y el chofer 14, por lo tanto esos son los cargos que se le imputan a mi hijo”.
Para ella el temor más grande es que la PDI traslade a su hijo a la cárcel común y agregó que “tenemos que seguir este proceso paralelo a la causa penal, tenemos 5 días para apelar. Lo más seguro y conociendo cómo está operando la PDI en el caso de mi hijo hoy mismo o mañana ellos quieran sacarlo del cuartel Borgoño y trasladarlo a la cárcel común porque nada bueno me puedo esperar de este balde de agua fría”.
Tras el acta de notificación, que ya cuenta con la rúbrica del detective Contreras, lo que puede hacer el funcionario es presentar un recurso de apelación contra esta medida. Resuelto esto, si se rechaza, y el dictamen aplica una medida de alejamiento de la institución, el funcionario dispone de otro recurso, de reclamo, para que lo resuelva la Contraloría General de la República.
Cabe destacar que la baja de un detective se hace a través de un decreto que lo realiza la subsecretaría de Interior con la firma del titular de la cartera y se envía a toma de razón de la CGR para luego volver a la misma repartición, quien lo envía a la institución, en este caso a la PDI, para que notifique al funcionario.
El abogado Fabián Estrada, encargado de sumarios administrativos e investigaciones criminalísticas del Estudio Jurídico Ramos Pazos, Montecinos & Pereira, es quien asesora en este ámbito al detective Contreras.
Al respecto, señala que su cliente “fue notificado de la separación del cargo, resolución que es susceptible del recurso de apelación, el cual nos encontramos analizando y preparando para que este sea presentado dentro del plazo legal establecido, tanto por la ley como por el propio reglamento de sumario de la PDI”.
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