Vestía un polerón negro con capucha. Encima, la clásica casaquilla amarilla tatuada con la palabra “imputado”. Se encontraba de pie y con las manos engrilladas a la altura de la pelvis.
Así fueron las primeras imágenes que se difundieron de Hernán Calderón Argandoña, al interior de una pieza de la clínica psiquiátrica El Cedro, lugar donde cumplía la medida cautelar de prisión preventiva tras ser formalizado por los delitos de parricidio frustrado, daños y tenencia ilegal de armas.
Dicho régimen penitenciario en el recinto de salud fue custodiado permanentemente por funcionarios de Gendarmería de Chile (GENCHI), y se extendería hasta que “Hernancito”, como es conocido, fuera compensado de su cuadro médico.
Pues bien, durante su estadía en la clínica Calderón Argandoña fue fotografiado sin su consentimiento -según su defensa- por uno de los funcionarios que lo vigilaba. Acto seguido, dichas imágenes fueron reproducidas en medios de comunicación y redes sociales, situación hoy es investigada por la justicia.
Esto porque el 22 de agosto de 2020, en paralelo a la causa penal de “Hernancito” por los delitos mencionados, la defensa del estudiante de derecho presentó una querella por el delito de captación y difusión de imágenes de carácter privado contra quienes resulten responsables del ilícito.
Pese a que la acción penal no fue individualizada, sí hizo mención a un nombre en el desarrollo de los hechos: Christian Morales Rodríguez, funcionario de Gendarmería que portaba cámara GoPro el día que Hernán Calderón Argandoña ingresó a la clínica.
Lea la querella
“A nuestro juicio, la captación de estas imágenes corresponde necesariamente a funcionarios de Gendarmería, por cuanto a esa época eran ellos quienes tenían a mi representado bajo su resguardo y custodia”, explica Josefa Bejarano Veloso, abogada del estudio jurídico Lagos y Vargas, y quien lleva la causa.
Tras un año desde el ingreso del libelo, el pasado 28 de septiembre -y en completo hermetismo- fue formalizado Morales Rodríguez en calidad de autor del delito previsto en el Artículo 161 A del Código Procesal Penal, el que está relacionado con la captación de fotografías en recintos privados sin la autorización del afectado.
“(…) El imputado mientras se encontraba al interior de dicho centro, usando una cámara GoPro que portaba captó imágenes del Sr. Calderón Argandoña al interior de la Clínica El Cedro (…) sin contar con la autorización o consentimiento (…) Siendo dichas imágenes posteriormente difundidas por medios de comunicación social”, expuso el fiscal Juan Pablo Duhalde al tribunal cuando pidió la formalización del funcionario público.
A juicio de la abogada querellante, la difusión de las imágenes en medios y redes sociales se hizo con el objetivo de “difamar o dañar la honra” de Hernán Calderón Argandoña, lo cual vulnera la garantía constitucional de “protección a la vida privada de las personas”.
La foto que dio pie a la acción legal:
Desde Gendarmería en tanto, requeridos por La Radio, señalaron que “el funcionario Christian Morales Rodríguez continúa desarrollando sus labores cotidianas dado que nunca ha incurrido en una falta en el desarrollo de sus funciones”.
A renglón seguido, detallaron que la Oficina de Defensa Funcionaria (ODF) de la institución asumió la defensa penal del gendarme, ya que “la entrega y difusión de imágenes a los medios de comunicación se realizó por una decisión institucional. Es por ello, que no es posible hablar de una filtración”.
Esto último, ya que “la exhibición de las imágenes del señor Calderón respondieron a una necesidad de carácter institucional y con el objeto preciso de desmentir rumores que señalaban que dicha persona no estaba detenida efectivamente, que había sido objeto de malos tratos o privilegios en su prisión preventiva en una clínica privada”.
Todo esto en pro de una política de “transparencia” implementada por la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, “en este y otros casos de connotación pública”. Debido a esto, en los próximos días “se solicitará (…) el sobreseimiento definitivo del funcionario de gendarmería por los motivos antes expuestos”.
Calderón Argandoña v/s Calderón Salinas
El 27 de agosto de 2019, la Fiscalía Oriente formalizó a Hernán Calderón Argandoña, por el delito de parricidio frustrado contra su padre, daños y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar.
Según la investigación del ente persecutor, fueron varios hechos en diversos días. Entre ellos, está el haber disparado un arma en el departamento de su padre, el abogado Hernán Calderón Salinas, amenazándolo de muerte, y en otra ocasión, el imputado, llegó al mismo domicilio y acuchilló a su papá, en brazos y manos, dándose a la fuga e internándose en un centro de salud mental.
Su padre lo denunció por el delito de parricidio frustrado, y posteriormente interpuso una querella criminal eliminando la calificación de “parricidio” y dejándola como un “delito de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar”.
A juicio de su defensa, “Hernancito” agredió a su padre porque éste habría abusado de Rebeca Naranjo, pareja de su hijo. De hecho, la joven se querelló contra su suegro por el delito de abuso sexual reiterado, sin embargo, a los días de presentada la acción legal desistió de ella.
Tras la formalización de Calderón Argandoña, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago decretó su prisión preventiva, pero a diferencia del resto de los imputados con problemas de salud mental, cumplió su medida cautelar en una clínica, y no en un hospital como el Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak.
Dicha medida, en su momento, hizo que el director nacional de la institución, Christian Alveal, enviara un escrito al tribunal mencionando las “complejidades” de lo dispuesto por la magistrada Andrea Díaz-Muñoz Bagolini.
Lo “instruido en la resolución judicial incide además en distraer personal que ha de ser destinado a cumplir labores en los recintos penales, afectando las medidas de seguridad y cuidado de las personas que por orden de (la) autoridad competente se encuentran bajo custodia y cuidado de esta institución”, señaló Alveal.
Calderón Argandoña estuvo en la clínica psiquiátrica Los Cedros -ubicada en la comuna de La Reina- día y noche en compañía de dos gendarmes, esposado y con grilletes las 24 horas, tal como lo informó de manera exclusiva La Radio, donde incluso, publicó la polémica fotografía en cuestión.
Sin embargo 10 días después, en fallo unánime, la novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, revocó la sentencia del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, y ordenó su traslado a un recinto carcelario. Según el razonamiento del tribunal de alzada capitalino, “el imputado presenta rasgos de personalidad alterados, pero no son constitutivos de una patología mental que amerite, justifique o propicie la internación en un centro psiquiátrico”.
Tras un mes en Santiago 1, se decretó su arresto domiciliario total y fue nuevamente internado en una clínica psiquiátrica, esta vez en “Pocuro”.
En noviembre, la Fiscalía Oriente pidió una audiencia de procedimiento abreviado, tras un acuerdo con la defensa del joven de 23 años y no habrá juicio oral.
Un mes después, el cuarto Juzgado de Garantía de Santiago dictó sentencia, donde no se consideró el delito de parricidio frustrado adjudicado al comienzo del caso.
Fue condenado a 60 días por amenazas no condicionales, 60 días por lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, 541 días por lesiones graves, al pago de una UTM por daños.
Todas las penas fueron cumplidas en libertad vigilada intensiva. Además, tuvo la prohibición de acercarse a su padre por seis meses, y tener un arma de fuego por dos años. El tribunal ordenó que Calderón Argandoña continuará con una terapia para el control de impulsos.