Abogados del Ministerio de Transportes defendieron en horario laboral a imputada por fatal atropello

Abogados del Ministerio de Transportes defendieron en horario laboral a imputada por fatal atropello

Felipe Díaz Montero

Periodista de Investigación en BioBioChile. Colaborador en el área de Prensa

Martes 25 marzo de 2025 | 06:10

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Archivo BBCL | Edición: Cony Escobar

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Martín, que este martes 25 de marzo hubiese cumplido 20 años, perdió la vida al ser atropellado por una conductora que conducía a exceso de velocidad. Hoy la mujer, que durante 2024 contrató a dos abogados de la SeremiTT Bío Bío para que la defendieran, enfrenta cargos por la denominada "Ley Toreto" y podría terminar cumpliendo una pena efectiva de cárcel de hasta 10 años. Su actual abogado defensor alega inocencia de su clienta con un peritaje que refuta el encargado por la familia de la víctima.

Dos abogados de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones (SeremiTT), en la región del Bío Bío, defendieron por más de 5 meses a una mujer que conducía a exceso de velocidad y fue imputada por la muerte del joven Martín González Stuardo de 18 años. El atropello se produjo el 6 de noviembre de 2023 en la avenida 8 Oriente de Chiguayante.

Además de ingresar escritos durante días hábiles y en horario laboral, la defensa compuesta por los funcionarios públicos contratados por el Ministerio de Transportes, Boris Merino Lavanchy, encargado de la Unidad Legal de la SeremiTT Bío Bío, y Harold Bahamondes Llano, profesional de la División de Transporte Público Regional de la misma repartición, compareció presencialmente a una audiencia que se celebró ante el Juzgado de Garantía de Chiguayante.

34 horas y 39 minutos después de que terminara dicha audiencia, y tras la denuncia que hizo la mamá de Martín directamente ante la SeremiTT Bío Bío, los legistas ingresaron al tribunal un escrito dando cuenta de su renuncia a la causa.

Hoy la investigación continúa su curso y la protagonista del fatal atropello, la enfermera Sandra Vallejos Robles (29), figura formalizada por obstrucción a la investigación y por la denominada “Ley Toreto”, que sanciona con hasta 10 años de cárcel a conductores que provoquen la muerte de una persona sobrepasando en 60 kilómetros por hora el límite de velocidad. En este caso, según un peritaje privado estableció que la conductora iba a más de 130 km/h en una zona donde la velocidad máxima es 70 km/h.

Dicha normativa entró en vigencia en octubre de 2022 y fue valorada en su oportunidad, justamente, por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, mismo entidad en la que trabajan los exabogados de la imputada.

En paralelo, la mamá de la víctima fatal del atropello, Luisa Natalia Stuardo Figueroa, —junto con luchar por justicia para su hijo— creó la Corporación Martín por la Vida con la que busca dar orientación, apoyo y herramientas a otras familias víctimas indirectas de siniestros viales.

Funcionarios antiguos

De acuerdo con antecedentes recopilados por BBCL Investiga, desde antes de 2018, el abogado Boris Nicolás Merino Lavanchy viene prestando asesoría jurídica a la SeremiTT en la región del Bío Bío. Ya en 2019, pasó a ser el “encargado de la Unidad Legal de la SeremiTT Bío Bío”. Pese a su posición —y a trabajar en horario completo y recibir una renta bruta mensual promedio de $4,1 millones en 2024—, el profesional actuó, de manera paralela, en defensa de la enfermera que atropelló a Martín.

Por otro lado, al abogado Harold Bahamondes Llano el organismo le paga en la actualidad $1,7 millones mensuales por su rol en la División de Transporte Público Regional, donde se desempeña al menos desde 2019. Primero contratado a honorarios y, desde 2025 como parte del listado de personal a contrata.

Según pudo conocer este medio, los juristas presentaron patrocinio y poder en la causa el 1 de abril de 2024 y la dejaron el 5 de septiembre de ese mismo año. Durante ese periodo los profesionales ingresaron varios escritos e incluso tramitaron un recurso ante la Corte de Apelaciones de Concepción en favor de Sandra Vallejos.

Incluso, ambos participaron presencialmente de una audiencia de debate de medida cautelar celebrada el 3 de septiembre de 2024 en la sala 2 del Juzgado de Garantía de Chiguayante. En específico, la instancia comenzó a las 13:44 horas de ese día y se extendió hasta las 14:21 horas, resolviendo el tribunal acoger la solicitud de los querellantes en torno a que se retuvieran $11,4 millones de la cuenta corriente de la conductora que correspondían a la venta del vehículo.

Esa sería la última acción que los abogados de la SeremiTT Bío Bío harían en la causa. Un día y medio después, a las 01:00 horas del 5 de septiembre, los legistas ingresaron un escrito en le que presentaron su renuncia como defensores. Esto, luego que Luisa Natalia Stuardo llamara a la institución para pedir explicaciones tras enterarse que eran empleados públicos.

Y es que fuentes de BBCL Investiga apuntan a un posible conflicto de interés, al ser un organismo que trabaja codo a codo con otras reparticiones estatales que participan de estos procesos judiciales y que está enfocado, justamente, en la prevención de este tipo de hechos.

SeremiTT responde

En diálogo con Radio Bío Bío de Concepción, el actual seremi de Transportes y Telecomunicaciones en la región del Bío Bío, Patricio Fierro Garcés, quien asumió el cargo en enero de 2025, explicó que en su minuto el organismo —luego tomar conocimiento de la situación— inició un procedimiento disciplinario en el que no se determinaron responsabilidades administrativas y por tanto culminó sin sanciones.

“El proceso disciplinario concluyó absolviendo a ambos funcionarios, puesto que no se comprobó ninguna situación anómala que de alguna manera dificultase el normal funcionamiento de las investigaciones y de los hechos lamentables que convocaron esta situación”, planteó.

Además, la autoridad remarcó que, pese a no tratarse de algo reñido con la ley ni el estatuto administrativo, de todas formas “ambos abogados renunciaron al patrocinio que tenían en esta causa”.

“Ambos profesionales asumieron este patrocinio y en nada interfieren sus tareas institucionales que tienen en la Seremi, puesto que lo hacen dentro del ejercicio libre de la profesión y dentro de los tiempos que efectivamente ellos pueden compensar o pedir para poder dedicarse al ejercicio libre de la profesión”, sostuvo la máxima autoridad del servicio en el Bío Bío.

En esa línea, Fierro Garcés garantizó que ninguno de los profesionales que trabajan con él “va a efectuar tareas que colisionen o que, de alguna manera, entorpezcan los derechos de otras personas eventualmente involucradas en materias que guarden relación con la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones”.

Por último, la autoridad descartó la existencia de un conflicto de interés en el hecho que el encargado de la Unidad Legal de la repartición esté defendiendo a imputados por delitos de la Ley de Tránsito.

“No hay ninguna ventaja judicial, puesto que lo que ellos hacen es la representación judicial de un tercero, de una persona, respecto de acciones que son llevadas por organismos imparciales, como el Ministerio Público, como el Tribunal de Garantía o como un Tribunal Oral. Por lo tanto, la imparcialidad en este proceso, y las instituciones garantes de ello, son quienes representan al Poder judicial”, sostuvo.

Choque de peritajes

En el marco de la causa por el atropello fatal de Martín, hasta ahora la Sección de Investigación de Accidentes de Tránsito de Carabineros (SIAT Concepción) ha elaborado dos informes técnico-pericial.

En el primero, fechado el 12 de enero de 2024, la repartición determinó que la causa basal fue que “el peatón se expone al riesgo de accidente al efectuar el cruce de la calzada por una zona urbana cuyo diseño y configuración vial no se constituye como paso habilitado para peatones, sin adoptar la medidas de seguridad suficientes”, estableciendo que la velocidad del móvil al momento del impacto fue de unos 90 km/h.

Nuevos videos de cámaras de seguridad que captaron al vehículo antes de colisionar al joven motivaron la solicitud a la SIAT de realizar un nuevo informe. En ese nuevo peritaje se arribó a la conclusión de que en realidad el vehículo circulaba a una velocidad menor, específicamente 88 km/h.

No obstante, ninguno de los dos fue considerado por el Ministerio Público para la comunicación de cargos. Y es que de cara a la formalización, el fiscal del caso utilizó como insumo un peritaje encargado por la familia de Martín al perito Eduardo Maldonado Cuevas, exfuncionario de Carabineros con especialidad SIAT.

En dicho peritaje, teniendo como referencia que el vehículo se detuvo a 58,4 metros del accidente, el experto concluyó que “el accidente y la consecuencia de muerte se produjo como resultado del exceso de velocidad en 70 km/h sobre la máxima con que conducía la sra. Sandra Valeska Vallejos Robles el vehículo”, especificando que circulaba al menos a 131 km/h en una zona donde la máxima es 70 km/h.

Eso le permitió al actual persecutor del caso, Andrés Barahona, formalizar investigación por la denominada “Ley Toreto”. Promulgada en 2022, la norma castiga con penas de cárcel efectiva por hasta 10 años a conductores que provoquen la muerte de una persona circulando a una “velocidad temeraria”, equivalente a 60 km/h (o más) por encima de la velocidad permitida en la zona de un siniestro vial.

“Dentro de la Ley Toreto hay una norma especial que no tiene relación con las carreras en sí, sino que tiene relación con el exceso de velocidad de cualquier persona… esté haciendo carrera o esté viajando. Se establece como delito, ya no es una falta de tránsito, a la persona que excede en 60 kilómetros por hora la velocidad permitida”, detalló el fiscal del caso en diálogo con BBCL Investiga.

Respecto a los disímiles cálculos de velocidad de conducción en este caso, el fiscal Barahona detalló que “hay una discusión pericial sobre eso que es materia de investigación. Un peritaje de la defensa y (otro) de la SIAT dan cuenta de que no hubo una velocidad que llegara a esa cantidad tan elevada (+60 km/h sobre la máxima)… mientras el peritaje particular y otros antecedentes dan cuenta que sí necesariamente el vehículo de la imputada debió haber ido a una velocidad muy alta de 120 o 130 kilómetros por hora”.

Peritaje de la defensa

En concreto, la defensa de la mujer encargó un peritaje al coronel en retiro de Carabineros, Eric Flores Rosales, también exinvestigador de la SIAT, en el que el perito refuta el informe de la parte querellante y coincide con los cálculos hechos por la SIAT en sus propios informes. Es decir, que la autora del atropello circulaba a una velocidad que bordeaba los 90 km/h.

En este último peritaje, se refuta la fórmula que se utilizó para determinar la velocidad de conducción, haciendo presente que la posición final del vehículo en la que se tomó como referencia la ubicación antes que, supuestamente, fuera movido por la conductora, fue estimada por el perito Maldonado Cuevas “en base a una apreciación subjetiva de video grabaciones de las cámaras de seguridad de los accesos a los Condominios Portal Oriente emplazados frente al lugar de los hechos y luego extrapolados a una imagen recreativa basada en un fotograma aéreo obtenido con un dron, diligencias todas que no fueron efectuadas el día del accidente en un tiempo inmediato de ocurrido éste, cuando se encontraban todos los elementos, rastros, huellas, indicios y posiciones finales físicas de los participantes”.

Consultado al respecto, el actual abogado de la imputada, José Ignacio Mora, defendió la inocencia de su clienta en el eventual delito por velocidad temeraria como en el de obstrucción a la investigación, relacionada con la modificación del sitio del suceso.

“El informe particular que tenemos nosotros que descarta de manera absoluta que ella haya conducido en exceso de velocidad (…) Nosotros sostenemos que ella es plenamente inocente de aquello por lo cual fue formalizada en ese punto. Respecto a la obstrucción a la investigación, también sostenemos nosotros que ella es inocente y estamos prontos a hacer una solicitud de sobreseimiento definitivo”, anunció el jurista.

“Alteró las mediciones”

Por su parte, la abogada que representa en la causa los intereses de la familia de la víctima, Ángela Contreras, plantea que la diferencia entre los peritajes de la SIAT y la defensa en relación con los que ella como querellante allegó al tribunal radica en la modificación del sitio del suceso.

“Ella queda en la segunda pista y lo que hace es, antes que llegue Carabineros, mover el vehículo. Lo transporta a la primera pista y además, retrocede. O sea, se acerca al cuerpo de Martín como alrededor de 13 o 15 metros. Eso alteró finalmente las mediciones que se hicieron por Carabineros de la velocidad (…) el lugar donde Carabineros encuentra el vehículo no es el lugar donde realmente ella logró detener la marcha”, remarca.

Y ahonda:

“Esa distancia es importante, porque un vehículo obviamente que se demora mucha más distancia en detenerse mientras más sea la velocidad”.

La “voz” de Martín

Al mismo tiempo que lucha por justicia para su hijo, Luisa Natalia Stuardo Figueroa, mamá de Martín, decidió crear la Corporación Martín por la Vida, buscando dar apoyo a otras familias víctimas indirectas de siniestros viales a lo largo del país.

—Martín estudiaba Derecho y creía que en el día a día él podía cambiar ciertas formas de comportamiento en la sociedad. Él era amable, era correcto, él le agradecía a los profesores por sus clases en la universidad. Muchos lo recuerdan como un muchacho de sueños y un muchacho que no era para este mundo. Siempre hablábamos de la injusticia social, entonces él quería cambiar un poco esa visión y creer que sí podía existir una justicia. Cuando él dejó de estar en este plano, yo decidí continuar con esa visión de justicia que él tenía y que él anhelaba y defenderlo a través de mi voz —cuenta Luisa en conversación con este medio.

Martín por la vida

El objetivo principal, especifica, evitar que en investigaciones de este tipo se caiga en un relato único que impida satisfacer la necesidad de justicia con la que quedan las familias.

—La primera noticia tras el siniestro de Martín fue “el joven falleció porque él cruzó mal”. Mi hijo no falleció porque cruzó mal, mi hijo falleció producto del impacto, por la velocidad que llevaba la conductora en ese momento (…) cuando conducimos un auto llevamos un arma, un arma que pesa toneladas y que si impacto a un ser humano lo voy a matar —añade.

Por ahora el proceso judicial en contra de la conductora sigue su curso. Mientras tanto, la imputada permanece con las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual en una unidad policial.

Este medio tomó contacto directo con el encargado legal de la SeremiTT Bío Bío, Boris Merino Lavanchy, para que explicara la situación. No obstante, el exabogado de la conductora se excusó de no poder emitir un pronunciamiento apuntando a que la vocería por el caso la tenía el seremi.

Este martes, Martín cumpliría 20 años.

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