En un fallo conocido este martes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Chile a pagar indemnizaciones a 271 exinternos del Servicio Nacional de Menores (Sename), tras determinar que habían sido víctimas de múltiples vulneraciones a sus derechos. En total, el Estado deberá cancelar alrededor de $647 millones.
En el fallo, la corte aceptó el reconocimiento parcial de Chile durante las audiencias de juicio en Brasilia el año pasado, pero de todos modos consignó que este tenía una serie de obligaciones con las que no había cumplido de acuerdo con el derecho interamericano.
Dentro de sus determinaciones más importantes, el tribunal estableció que el Estado tenía “responsabilidad internacional” sobre la muerte de 10 adolescentes, quienes fallecieron en un incendio al interior del centro Tiempo de Crecer en Puerto Montt en 2007.
Los hechos ocurrieron el 21 de octubre de ese año, cuando en una protesta iniciada por los adolescentes internos debido a las malas condiciones de detención se produjo un incendio, a raíz de un calentador de gas.
En los 19 puntos de la sentencia, se declara también que el Estado es responsable de la vulneración del derecho a la integridad personal contra los familiares de los jóvenes fallecidos.
En la notificación, la jueza presidenta del tribunal, Nancy Hernández López, señaló que igualmente se estableció que “el Estado violó diversos derechos a jóvenes que fueron recluidos en diversos períodos entre 2006 y 2009, en los centros de internamiento provisorio y régimen cerrado Lihuén (Limache), Antuhue (Rancagua), San Bernardo (San Miguel) y Tiempo de Crecer (Puerto Montt)”.
Entre los derechos vulnerados a este grupo, se mencionan los derechos a una vida digna, a la integridad personal, de la niñez, a la educación, al agua y al saneamiento.
En cuanto a las indemnizaciones, la sentencia establece que el Estado no había compensado debidamente a la madre de uno de los fallecidos en Puerto Montt, Mirsia Isabel Almonacid Almonacid, por lo que deberá cancelar 15 mil dólares ―alrededor de $14 millones―.
Por otro lado, las 271 personas identificadas como internas durante el pleito internacional deberán ser indemnizadas por los daños inmateriales que sufrieron, dependiendo del tiempo que pasaron en reclusión.
Así, el fallo establece que quienes pasaron menos de tres meses deberán recibir 1.500 dólares; los que estuvieron en centros durante más de tres meses y menos de un año, 2.500 dólares; y los que pasaron más de un año, 3.500 dólares.
En el caso del centro San Bernardo, se determinó un aumento del 30% del monto, por considerar la corte una “mayor gravedad de las violaciones a derechos humanos constatadas respecto a tales personas”.
Así, el total que deberá pagar el Estado es de 682.350 dólares, equivalente a $647 millones a día de hoy.
Sobre las medidas que la corte ordena a Chile, está informar de “la creación de una comisión de verdad, justicia y reparación relativa a casos de violencia institucional ocurridos a partir de la creación del Sename”, la que ya está en ejecución por el Gobierno del presidente Gabriel Boric.
Además, deberá brindar tratamiento psicológico y/o psiquiátrico a las víctimas de estas vulneraciones, así como también incorporar los estándares de derechos humanos establecidos en la sentencia en la formación continua a “todos los actores que intervienen en el sistema de responsabilidad penal adolescente”.
Igualmente, el Estado deberá informar públicamente sobre la sentencia y, al término de un año, comunicar a la corte cómo ha dado cumplimiento.
Revisa la sentencia a continuación: